Estas son las novedades laborales en 2024 más importantes

novedades laborales en 2024

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12/01/2024

Finales de diciembre de 2023 y enero de 2024, nos traen múltiples novedades laborales que entran en vigor el 1 de enero.

Hagamos una breve síntesis de los Reales Decretos-Ley aprobados en Consejo de ministros que afecten a la materia laboral para el año 2024.

Estas medidas que a continuación relacionamos aparecen reguladas en el Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, que fue convalidado en el Pleno del Congreso de los Diputados el día 10 de enero de 2024

Novedades en materia de revalorización de pensiones y prestaciones

  • Se revalorizan con carácter general en 3,8% respecto el importe que tuvieran a 31 de diciembre de 2023
  • Se fija el límite máximo de las pensiones públicas en 3.175,04 €/mes o 44.450,56 €/año
  • El complemento para la reducción de brecha de género en las pensiones contributivas ascenderá a 33,20 €/mes
  • Las pensiones mínimas sufren un incremento del 6,9%, también las no contributivas e IMV
  • La cuantía anual de las prestaciones familiares, en su modalidad no contributiva, por hijo a cargo con 18 años o más, y un grado de discapacidad mayor del 65 % se fija en 5.647,20 €. Si la discapacidad es mayor o igual al 75 % la cuantía anual será de 8.469,60 €.
  • Se establecen las cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva.

¿Qué ocurre con las bases máximas y mínimas de cotización?

En ausencia de la LPGE para 2024:

Las bases mínimas se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto.

Las bases máximas se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones al que se sumará el establecido en la disposición transitoria trigésimo-octava de la LGSS, o sea, 4.720,50 €/mes

¿Qué cuantía tiene el Salario Mínimo Interprofesional?

Se prorroga la vigencia del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, durante el periodo necesario para garantizar la continuidad de los trabajos de la mesa de diálogo social en la búsqueda, de un incremento pactado del SMI

Con lo cual y hasta nueva regulación, para 2024 será 1.080 €/mes y 36 €/día

¿En qué porcentaje cotizará el Mecanismo de Equidad Intergeneracional?

Será un 0,70% aplicable a la base de contingencias comunes distribuida entre empresa y trabajador, el 0,58 % será a cargo de la empresa y el 0,12% a cargo del trabajador

Cotización para las prácticas formativas o académicas externas

Para las prácticas remuneradas, se aplicarán las cuotas únicas mensuales por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los contratos de formación en alternancia.

En caso de prácticas formativas no remuneradas, la cotización consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,54 € por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,31 € por contingencias profesionales (0,16 por IT y 0,15 por IMS), con los límites máximos mensuales por contingencias comunes de 57,87 € y por contingencias profesionales de 7,03 €.

En ambos casos, les resultará de aplicación la reducción del 95 %, obteniendo una cuota empresarial final por día de prácticas de 0,13 € por contingencias comunes, excluida la prestación por incapacidad temporal, sin exceder mensualmente de 2,89 €.

Otras medidas para tener en cuenta que siguen en vigor

  • Bonificación por la contratación de personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral
  • Se mantiene el sistema de cotización por tramos para los empleados de hogar que se incrementará en el mismo porcentaje que el SMI cuando se modifique.
  • Se mantienen los incentivos a la contratación para la sustitución de trabajadores que disfruten de descansos por nacimiento y cuidado del menor ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural

¿Qué ocurre con las novedades laborales que introducía el RD 7/2023, de 19 de diciembre? 

El Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de enero, como todos sabemos, no fue convalidado en el Pleno del Congreso de los Diputados el día 10 de enero de 2024, con lo cual, esta norma ha quedado derogada, y regulaba, entre otras cuestiones, medidas relativas a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.

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