La Cuota de Autónomo: El lastre del emprendedor

autónomo - INEAF

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4/12/2015

Uno de los grandes desafíos de cualquier gobierno es reducir lo máximo posible el índice de paro de un país, y poder generar mayor y mejor empleo. Con la crisis económica se destruyeron miles de puestos de trabajo con una consecuente merma en la economía y productividad del país.

Entre las alternativas que existen en la teoría y en una práctica contrastada, nos encontramos con el fomento del empleo por cuenta propia. Si no se encuentra trabajo por cuenta ajena, siempre se puede emprender y constituirse como autónomo o montar una sociedad pudiendo hacerse hueco en mercados deteriorados con una buena estrategia comercial. De esta manera se reduce el desempleo y se crean empleadores en potencia.

Nuestro gobierno actual ha intentado fomentar el emprendimiento a través medidas tales como la Ley 14/2013 de Emprendedores o el Real Decreto Ley 4/2013, no obstante no con el éxito esperado debido a un enfoque moderado y poco contundente.

La medida más conocida en este sentido es la de la famosa “Tarifa Plana” de los 50 euros para el pago de los seguros sociales de autónomos. El detalle de la tarifa es progresivo, y para una base mínima de cotización quedaría de la siguiente manera:

  • Durante los 6 primeros meses una reducción del 80%: Lo que equivaldría a 53€
  • Durante los 6 meses siguientes una reducción del 50%: Lo que equivaldría a 132€
  • Durante los 6 meses siguientes una reducción del 30%: Lo que equivalautónomo - INEAFdría a 184€( esta reducción sería durante 18 meses para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años)
  • Resto de meses 264€.

Como vemos el criterio que se establece para pagar menos seguros de autónomo es el tiempo. El gobierno, con esta medida, deduce que el tiempo de maduración de un negocio es de 18 meses para aplicar reducciones – que aumentan progresivamente – y si se es menor de 30 o 35 años, podrán tener un margen de 30 meses.

En sentido general esta medida es ineficaz. En primer lugar, solo durante el primer año obtienes un ahorro provechoso, y en segundo lugar, no todos los negocios necesitan el mismo tiempo para despegar, por lo tanto para estandarizar una medida que afecta subjetivamente al contribuyente, no puedes utilizar el tiempo como variable.

Veamos la comparativa de lo que paga un autónomo en España en comparación con otros países vecinos europeos:

  • En Francia, durante el primer año no se paga nada, y a partir del segundo, se paga en función de la profesión y las ganancias que se obtengan aplicando un porcentaje de entre un 12% y el 21%.
  • En el Reino unido, se establecen unas cuotas de entre 12€ y 58€ mensuales sin hacer declaraciones trimestrales de IVA. Se paga al final del periodo en función de los beneficios-
  • En Italia, homólogos en muchas costumbre, o al menos así nos califican, no existe cuota mensual, simplemente se paga un porcentaje sobre los beneficios que no supera el 20%.
  • Por último, nuestros vecinos más próximos, Portugal, tampoco cobra cuotas mensuales de IVA. A final de año, se ingresa el 24,5% de lo que se ingresa anualmente.

Como vemos el resto de Europa ve lógico que un autónomo no pague si o si 264 euros de cuota sino que cotice en función de sus beneficios. Es evidente. Un autónomo paga por una base mínima de cotización, pero probablemente hasta que sus ingresos lleguen a esa base (unos 800 euros) puede pasar bastante tiempo.

Imagínense un autónomo que ingresa durante su segundo año de actividad 500€ netos mensuales que tiene que pagar durante los seis primeros meses 184 euros y en los seis siguientes 264 euros. Está cotizando por unos 800 euros pero únicamente gana 500€. ¿No sería más lógico que fuese proporcional?

La cuota de autónomo representa aproximadamente un 30% de la base de cotización. En este sentido si el mes de abril obtengo 500€ netos, lo razonable sería pagar un 30% de lo que gano, es decir 150€. Si otro mes obtengo 100€ por que he tenido muy pocas ventas pero mis costes se mantienen fijos, lo lógico sería pagar por la cotización 30€.

No tiene sentido lastrar a un emprendedor nada más empezar con costes que pueden hacerle renunciar, o incluso frenarle para embarcarse en la aventura. Si aplicáramos la lógica, habría más afluencia de emprendedores que reducirían el número de parados, y se convertirían en empleadores que a su vez darían trabajo, reduciendo más aún el nivel de desempleo, y nos encontraríamos con un mayor número de cotizantes que contribuirían más y mejor repartido a la caja única de la tesorería de la seguridad social.

Comentarios

  • Antonio Martin Rodriguez (#)
    diciembre 4th, 2015

    Buenas tardes,

    Un artículo muy interesante que evidencia el bajo despegue de este colectivo, lastrado por la burocracia, los gastos fijos sin subvención y una cuota muy alejada de la realidad europea en materia impulsora del crecimiento económico.

    Por otro lado, al margen de lo comentado, leo que se alude a hombres menores de 30 años y 35 las mujeres como los receptores, de la reducción en la tarifa, en los tramos que indicas, el 80, 50 y 30% respectivamente, durante un período de 18 meses,bien, pero en el siguiente párrafo, se alude a que el tiempo de la reducción se dilata hasta 30 meses a los mismos hombres menores de 30 años y mujeres de 35. Tiene que haber una errata tipográfica porque no es posible los dos casos al mismo tiempo.

    También tengo que decir que se está obviando a un sector muy importante para todos los sectores económicos, personas con mucho talento, hombres y mujeres, con ganas de aportar su grano de arena en beneficio de todos, pero que por falta de interés, colaboración y coordinación de ciertas instituciones no se consigue incrementar y, lo que es aún más importante, dar estabilidad, porque lo necesario es que el autónomo no abandone su actividad al poco de comenzar, que perdure, ya que como dice Jaime Ávila si se aplica el mismo rasero de pago a todos por igual, sin considerar sus ingresos, sólo sobrevivirá el que tenga más oportunidades y aguante, los demás, desistirán ahogados por una Administración ciega que sólo piensa en recaudar.

    Un saludo.

    • Jaime Ávila Pozuelo (#)
      diciembre 9th, 2015

      Buenas Antonio. El error al que te refieres, no lo entiendo. La reducción del 30% en lugar de mantenerse durante 6 meses, lo hace durante 18 en casos de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35. Y posteriormente comento que los hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35, van a poder tener la reducción durante 30 meses. (6 meses 80%, 6 meses 50%, y 18 meses 30%). No se si me explico bien.

      Gracias por tus comentarios.

      Un saludo

      • Antonio Martin Rodriguez (#)
        diciembre 9th, 2015

        Buenas Jaime,

        Sí, si explicarte te has explicado bien, soy yo el que lo ha interpretado erróneamente. El tercer tramo, el de reducción del 30%, es por 18 meses, y el total de los tres tramos son 30 meses de duración, para los hombres menores de 30 años y mujeres de 35. Entendí que había dos tramos de tiempo para los menores de 30 y 35, por eso fue el comentarlo, disculpa.

        No obstante, he ido a ver la ley que comentas, la Ley 14/2013, y leo que las reducciones y tramos que se menciona es para los trabajadores por cuenta propia que tengan 30 años o más (pág.78835 de dicha ley), y no para menores de 30 años, además pone que el total de meses son 18.

        Por otro lado, esto me ha dado pie a ver que hay otra ley, la Ley 31/2015, donde en la misma sí que se menciona a los hombres menores de 30 años y mujeres de 35 y también hace referencia a 30 meses el total del tiempo máximo en las reducciones (pág. 79832 de dicha ley).

        No sé si estoy en lo cierto, pero creo que hay algo que no cuadra, ya me dirás.

        De todas formas muchas gracias por contestarme.

        Un saludo.

         

        • Jaime Ávila Pozuelo (#)
          diciembre 10th, 2015

          Buenas Antonio. Son modificaciones legislativas: Primero la Ley 4/2013, despues la Ley 15/2013 y despues la Ley 31/2015. Se va modificando. Pero finalmente el panorama queda como pone el artículo.

          Si sigues con dudas comentame.

          Un saludo

  • Antonio Martin Rodriguez (#)
    diciembre 6th, 2015

    Buenos días,

    Al hilo del artículo de Jaime Ávila, creo interesante conocer algunas otras cuestiones relacionadas con el autónomo, ya que para muchos es una salida laboral en la difícil coyuntura económica actual.

    Aquí os dejo un enlace, de unas consideraciones importantes a tener en cuenta, para todo aquel que quiera dar el paso y darse de alta como autónomo: http://economia.elpais.com/economia/2015/12/01/actualidad/1448984664_798230.html

    Un saludo.

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