Contrato de trabajo indefinido. Características principales

contrato de trabajo indefinido

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17/05/2022

Desde la última reforma laboral, el contrato de trabajo en nuestro país se presume concertado por tiempo indefinido. El contrato de trabajo de duración determinada solo puede celebrarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora.

Definición de contrato de trabajo indefinido

El contrato de trabajo indefinido es el que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de servicios, en cuanto a la duración del contrato. Puede celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

Exoneraciones a la cotización

El contrato de trabajo indefinido puede ser beneficiario de bonificaciones o reducciones a la cotización en algunos supuestos, cuando se cumplan los requisitos que exija en cada caso la normativa de aplicación, dependiendo de las características de la empresa, el trabajador y de la jornada, en su caso.

Características del contrato de trabajo indefinido

Las características principales del contrato de trabajo indefinido son las siguientes:

  • Se pueden formalizar de forma verbal o escrita.
  • Obligatoriamente deben constar por escrito: los contratos acogidos a fomento de empleo, los contratos a tiempo parcial, los fijos discontinuos y de relevo, loa de los trabajadores que trabajen a distancia, los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero y los contratos de los pescadores.
  • El contrato de trabajo se presumirá celebrado por tiempo indefinido a y jornada completa de no formalizarse por escrito cuando sea exigible, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial.
  • Cualquiera de las partes puede exigir que el contrato se formalice por escrito en el transcurso de la relación laboral.
  • Adquirirán la condición de trabajadores fijos los que no hayan sido dados de alta en la Seguridad Social, independientemente de la modalidad de contratación, una vez transcurrido el plazo fijado de periodo de prueba, sin perjuicio de las demás responsabilidades
  • El contenido del contrato se comunicará al SEPE en el plazo de 10 días desde su concertación.

Contrato de trabajo fijo- discontinuo

El contrato de trabajo fijo-discontinuo se trata de una modalidad de contratación indefinida, aunque intermitente, es decir, se trabaja durante un periodo determinado a lo largo del año. Durante el resto del año la relación laboral se mantiene suspendida.

¿Cuáles son los tipos de contrato indefinidos?

Otras modalidades de contrato de trabajo indefinido que generan derecho a aplicar exoneraciones a la contratación son:

  • Contrato indefinido de personas con discapacidad: para trabajadores con un grado de discapacidad reconocido superior o igual al 33% o pensionistas con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida e inscritos como demandantes de empleo en el SEPE.
  • Contrato indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo: para trabajadores con un grado de discapacidad reconocido superior o igual al 33% o pensionistas con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida e inscritos como demandantes de empleo en el SEPE.
  • Contrato indefinido para personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales: para trabajadores con un grado de discapacidad reconocido superior o igual al 33% o pensionistas con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida que procedan de un enclave laboral y estén en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.
  • Contrato indefinido de personas con capacidad intelectual límite: para trabajadores que acrediten al menos un 20% de discapacidad intelectual sin llegar al 33% o pensionistas con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida e inscritos como demandantes de empleo en el SEPE.
  • Contrato indefinido de personas desempleadas de larga duración: Para personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 anteriores a la contratación.
  • Contrato indefinido para trabajadores en situación de exclusión social: Para trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo o trabajando en otras empresas con un contrato a tiempo parcial, siempre que su jornada de trabajo sea inferior a un tercio de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable, en situación de exclusión social. La exclusión social será acreditada por los correspondientes servicios sociales públicos competentes
  • Contrato indefinido para trabajadores que tengan acreditada por la administración competente la condición de víctima de violencia de género, doméstica, víctima del terrorismo o víctima de trata de seres humanos: para personas que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica por parte de algún miembro de la unidad familiar de convivencia, víctima de terrorismo o víctima de trata de seres humanos sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo.
  • Contrato indefinido para trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción: para trabajadores desempleados en situación de exclusión social. La exclusión social será acreditada por los correspondientes servicios sociales públicos competentes
  • Contrato indefinido de familiar de trabajador autónomo: Para cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del trabajador autónomo y estar inscritos como demandantes de empleo en el SEPE.
  • Contrato indefinido para trabajadores mayores de cincuenta y dos años beneficiarios de los subsidios por desempleo: para trabajadores desempleados mayores de 52, inscritos en el SEPE, que sean beneficiarios de cualquiera de los subsidios recogidos en el artículo 274 del Texto refundido de la LGSS o del subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
  • Contrato indefinido de servicio del hogar familiar: se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar a la que conciertan el titular del mismo, como empleador y el empleado que dependientemente y por cuenta de aquel, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar.
  • Contrato indefinido de trabajo en grupo: Celebrado con un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.
  • Contrato indefinido de alta dirección: Se considera personal de Alta Dirección a aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, y los relativos a los objetivos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad.

Puede profundizar en las bonificaciones reducciones aplicables a cada uno de estos tipos de contratos indefinidos en la página web del SEPE 

Modelo de contrato de trabajo indefinido

Puede descargar el modelo de contrato de trabajo indefinido desde este

Puede descargar el modelo de contrato indefinido en pdf desde la página del SEPE pinchando en este enlace

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