Ayudas para jóvenes que suscriban un contrato de formación y aprendizaje

contrato de formación y aprendizaje

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21/06/2017

contrato de formación y aprendizaje

La ministra de Empleo y Seguridad Social, ha anunciado esta semana que el gobierno planteará a los interlocutores sociales y a las comunidades autónomas un paquete de medidas para favorecer la inserción laboral a jóvenes menores de 30 años. Estas medidas cuentan con una asignación de 500 millones de euros en los presupuestos generales del estado de 2017.

Las medidas para favorecer la inserción de jóvenes en el mercado laboral consistirán:

  • Una ayuda económica de 430 € al mes para jóvenes que suscriban un contrato de formación y aprendizaje
  • La duración mínima de esta ayuda será de un año.
  • Esta ayuda estará vinculada a un contrato de formación y aprendizaje que se pueda completar con incentivos a la contratación.
  • Bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social para la conversión de contratos temporales en indefinidos.
  • Desde el ministerio de empleo está estudiando proponer una bonificación del 50% en el pago de cotizaciones en los contratos formativos que se conviertan en indefinidos.

Para acogerse a estas medidas, será necesario que los jóvenes estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Esta medida podría beneficiar a unos 800.000 jóvenes menores de 30 años inscritos en este sistema. Actualmente el Sistema nacional de Garantí Juvenil cuenta con 600.000 miembros inscritos de los cuales 200.000 ya están trabajando, el gobierno espera ver un incremento de las inscripciones.

Garantía Juvenil

Es una iniciativa de la unión Europea y los estados miembro que pretende facilitar el acceso a los jóvenes al mercado de trabajo

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la unión europea y los extranjeros titulares de una autorización para residir en el territorio español que habilite para trabajar.
  • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
  • Tener más de 16 años y menos de 25, o 30 años en el caso de personas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y en el caso de que la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20%, en el momento de solicitar la inscripción.
  • No haber trabajado el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Contrato de formación y aprendizaje

Esta medida va dirigida principalmente a jóvenes con un bajo nivel de cualificación ya que como requisito para concertar un contrato de formación y aprendizaje, se establece que el trabajador no tenga la cualificación para concertar un contrato en prácticas. También encontramos como requisito para acceder a este tipo de contratos:

  • Tener una edad entre 16 y 25 años (menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.)

No se establece límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de escuelas taller, Casa de oficio Talleres de empleo y programas de empleo-formación.

El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o sistema educativo. Se trata de un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral de los jóvenes.

Entre las características del contrato de formación y aprendizaje podemos destacar:

  • Tiene una duración mínima de un año y máxima de tres años.
  • El salario no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional (establecido en 707,70 euros en 2017) los beneficiarios de la ayuda de 430€ pasarán a cobrar como mínimo 1.137,7€/mes.

Entre los incentivos con los que ya cuenta este contrato encontramos:

  • Reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores, en el supuesto de que el trabajador esté inscrito en el sistema nacional de garantía juvenil, este incentivo, en los mismos porcentajes consistirá en una bonificación.
  • Financiación de la formación: se bonifican las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral.
  • En general, el primer año 25%, el segundo año 15% y el tercer año 15%
  • Para beneficiarios del Sistema nacional de Garantía Juvenil, el primera año 50% el segundo año el 25% y el tercer año 25%.
  • Existe una bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores dicha cuantía máxima aumenta y podrá ser de 2 € por alumno y hora de tutoría.
  • Si se transforman en indefinidos, existe un incentivo que asciende a 1.500 € o 1.800€ para mujeres. En el supuesto de que los trabajadores estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los mismos porcentajes, este incentivo consistirá en una bonificación.
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La ministra precisó que una vez diseñada la medida “completamente” se podría poner en marcha “cuanto antes”. El dinero proviene del presupuesto comunitario para el programa europeo de garantía juvenil, estaba pendiente del visto bueno de Bruselas, que ya ha dado luz verde.

No obstante, se no trata de una medida ya cerrada. El gobierno tiene pendiente negociar el diseño definitivo de esta medida con los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas.

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