Tributación por módulos

En primer lugar, tributar por módulos o mediante el régimen de estimación objetiva exige el cumplimiento de ciertas estipulaciones o apartados especificados en la Orden del IRPF que desarrolla el método de estimación objetiva.

Según el artículo 95 del Reglamento del IRPF, la estimación objetiva o por módulos del impuesto sobre la renta de las personas físicas se aplica a determinadas actividades profesionales que cumplan los siguientes requisitos:

  • “Todas sus actividades deben estar incluidas en la orden anual del régimen de estimación objetiva. Cumpliendo, además, con los límites establecidos para cada actividad”.
  • “El volumen de rendimientos íntegros en el año anterior no puede superar los 150.000 €.”
  • “El volumen de compras de bienes y servicios del ejercicio anterior, sin tener en cuenta la adquisición de inmovilizado, no puede superar 150.000 € anuales.”
  • “Todas las actividades económicas deben estar dentro del ámbito de aplicación del IRPF.”
  • “Que no hayan renunciado o estén excluidos del régimen simplificado del IVA o de determinados regímenes especiales”.
  • “Que ninguna actividad ejercida se encuentre en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades”.

Es decir, la tributación por módulos no toma en cuenta la ganancia o beneficio que se ha conseguido realmente. Para ello, se toma una estimación. La cual se calculará atendiendo a la Orden citada anteriormente.

Por otro lado, también existe la posibilidad de renunciar a la aplicación de este régimen. Para ello, se deberá efectuar solicitud mediante la presentación del modelo 036/037. Recordando siempre que la renuncia también conlleva la inclusión automática en el régimen de estimación directa (ya sea normal o simplificada).

Los contribuyentes sometidos a estimación directa, es decir los que acuden al régimen de tributación por módulos, tiene que cumplir con las siguientes obligaciones:

  • “Conservar las facturas emitidas, recibidas y los justificantes de los módulos aplicados.”
  • “Deben contar con el libro de registro de bienes de inversión, si se realizan amortizaciones.”
  • “Cuando el rendimiento neto se calcule sobre el volumen de operaciones, debe llevarse libro de registro de ventas o ingresos.”

Además, para el caso especial de los autónomos que tributan por módulos, éstos deben hacer cuatro pagos fraccionados a lo largo del ejercicio económico utilizando el modelo 131. Si en algún trimestre el resultado conlleva a no realizar ingreso de cantidad alguna, deberá presentarse declaración negativa.

El trabajador autónomo que tribute por módulos también puede encontrar ventajas al aplicar esta modalidad. Ejemplo de ello es la opción de no resultar necesario elaborar libros de registro de la actividad laboral pertenecientes al IRPF, a diferencia del IVA. Otra ventaja es la facilidad en el cálculo de cantidad a pagar cada trimestre. El sistema de módulos puede llegar a conseguir que la persona interesada disfrute de una mayor rentabilidad en términos de fiscalidad, puesto que, si presenta beneficios elevados, no cambia de módulo, ya que se puede pagar una cantidad fija estimada por Hacienda.

En lo relativo a situaciones excepcionales, también existe la figura de la prórroga. Por ejemplo, en 2021, como medida para incentivar a los colectivos dañados por la pandemia COVD-19, se prorrogaron los límites de la tributación por módulos. Con la posibilidad, adicional, de reducir el porcentaje sobre el rendimiento neto de módulos. En 2022, se llevó a cabo una reducción del 5%.

Estas circunstancias se llevan a cabo debido a que este sistema de tributación suele ser utilizado por pequeños negocios (bares o taxis) que tributan dentro de umbrales predefinidos.

En el caso de la persona autónoma, es la misma persona interesada quien puede elegir entre tributar mediante el régimen de estimación directa, centrado en la realidad de los gastos y de los ingresos del/de la /trabajador/a, o mediante el régimen de estimación objetiva o módulos.

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