IVA soportado
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Está regulado por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, que establece las bases del impuesto y su aplicación en el territorio nacional.
El IVA es un impuesto que recae sobre el consumidor final, aunque lo recaudan las empresas o autónomos en su calidad de intermediarios entre la Agencia Tributaria y los consumidores.
¿Qué es el IVA soportado?
El IVA soportado se refiere al impuesto que una empresa o autónomo paga cuando adquiere un producto o servicio de otro proveedor que repercute el IVA correspondiente. Es decir, el IVA que un profesional o empresa paga en sus compras para la realización de su actividad es considerado soportado.
La Ley 37/1992 establece que este IVA soportado puede ser deducido del IVA repercutido, es decir, del IVA que cobra por sus propias ventas.
Deducir el IVA soportado
La posibilidad de deducir el IVA soportado es de vital importancia para autónomos y las empresas, ya que les permite reducir su carga tributaria y no tener que soportar el total del IVA al que están sujetos. Esto facilita que el precio neto de los productos o servicios no se vea sobrecargado por el impuesto en cada etapa de la cadena de valor, sino que se traslade finalmente al consumidor final.
Por ejemplo, si una empresa compra materias primas o productos a un proveedor, este le aplicará un IVA sobre el precio de compra, lo cual constituye el IVA soportado. Luego, cuando la empresa revende esos productos o servicios, deberá cobrar un IVA sobre el precio de venta, lo que constituye el IVA repercutido. La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado es la que se liquida con la Agencia Tributaria en la declaración periódica del IVA.
Diferencias entre IVA repercutido e IVA soportado
Es importante distinguir entre IVA repercutido e IVA soportado, ya que representan dos operaciones complementarias dentro del sistema del IVA.
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IVA repercutido: Es el IVA que el empresario o autónomo cobra al cliente final cuando vende un producto o presta un servicio. Este IVA es el que debe ingresar en la Agencia Tributaria. Por ejemplo, si una tienda vende un producto por 100 euros más un 21% de IVA (21 euros), el total que el cliente paga será 121 euros. Los 21 euros de IVA cobrados a la venta constituyen el IVA repercutido.
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IVA soportado: Es el IVA que un empresario o autónomo paga al adquirir productos o servicios de otro proveedor. Siguiendo el ejemplo anterior, si la tienda compra las materias primas o productos por un total de 50 euros más un 21% de IVA (10,5 euros), esos 10,5 euros son el IVA soportado por la tienda.
Liquidar el IVA soportado
Para realizar la liquidación del impuesto, la tienda puede deducir el IVA soportado de los ingresos que ha generado a través del IVA repercutido. Si el IVA repercutido es mayor que el soportado, la diferencia se ingresa en la Agencia Tributaria. Si el IVA soportado supera al repercutido, la tienda puede solicitar la devolución del exceso.
Gracias a este sistema, los autónomos y las empresas solo asumen el IVA sobre el valor añadido que aportan a los productos o servicios en cada fase de producción o distribución. Esto evita que el impuesto se acumule en cada etapa y se traslade de manera acumulativa hasta el consumidor final.