Beneficio fiscal

El beneficio fiscal o beneficios fiscales son aquellos incentivos y ventajas fiscales que establecen los gobiernos en materia tributaria y que tienen por objetivo fomentar el crecimiento económico de determinades actividades y laborales de orden social con el fin de promover su realización.

Los beneficios fiscales pueden aplicarse de diversas maneras, por ejemplo, mediante rebajas en los tipos impositivos o mediante deducciones que reducen la base imponible, la cuota tributaria, o también, mediante exenciones.

Asimismo, los beneficios fiscales pueden aplicarse a nivel individual, beneficiando a un contribuyente en concreto, pero también pueden aplicarse a nivel empresarial, es decir, para las empresas.

Los gobiernos instrumentan el beneficio fiscal o las exenciones fiscales a través de distintos mecanismos. Encontramos:

  • Deducciones fiscales: Otorgan a los contribuyentes el derecho a restar algunos conceptos de sus ingresos, tales como gastos en la adquisición de un bien o servicio en concreto, o la realización de una determinada inversión, minorando así los impuestos a pagar en sus declaraciones.
  • Créditos fiscales: Son cuantías que pueden restarse directamente de la cuota tributaria, y no solo minoran el importe hasta deducirla a 0, sino que pueden dar lugar a devoluciones del impuesto si, tras restarlos, la cuota tributaria es negativa.
  • Exenciones fiscales: Son aquellas operaciones en las que, aún produciendo el hecho imponible que grava el impuesto, quedan exentas por disposición legal. Las exenciones pueden ser totales o parciales, es decir, bonificar totalmente el impuesto, o bien, quedar sujeto a tributación, pero solo una parte.
  • Regímenes fiscales especiales: Son sistemas tributarios diferenciados para ciertos sectores o actividades económicas. Pueden incluir tasas impositivas reducidas o períodos de gracia en el pago de impuestos.

Los beneficios fiscales son un recurso tributario muy utilizado por los gobiernos como estrategia política, y es que, es la principal estrategia con la que cuentan para elaborar su plan económico. También son utilizadas para fomentar sectores claves de la economía, tales como la eficiencia energética o la sostenibilidad. También para promover el empleo en determinados sectores o áreas geográficas.

No obstante, los beneficios fiscales deben ser utilizados con una perspectiva de justicia tributaria, de forma que un determinado incentivo no favorezca a una determinada clase social, provocando desigualdad entre los contribuyentes.

Los beneficios o deducciones fiscales más importante los encontramos en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, ya que es el que se aplica a todos los contribuyentes residentes en España.

En España, podemos encontrar los siguientes beneficios fiscales en la LIRPF:

  • Deducción por maternidad
  • Deducción por gastos de guardería
  • Deducción por familia numerosa
  • Deducción por inversión en vivienda habitual
  • Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación
  • Deducciones por donativos, donaciones y aportaciones a actividades prioritarias de mecenazgo
  • Deducción por personas con discapacidad a cargo
  • Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o melilla
  • Deducción por el alquiler de la vivienda habitual

Todas estas deducciones son aplicables a los contribuyentes residentes en el estado español, no obstante, también las comunidades autónomas regulan sus propias deducciones.

Estas deducciones pueden ser por adquisición o arrendamiento de la vivienda habitual, o bien, por las circunstancias personales y familiares del contribuyente.

Algunos ejemplos de deducciones autonómicas pueden ser:

  • Por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores.
  • Por adopción de hijos en el ámbito internacional.
  • Por contribuyente con discapacidad.
  • Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.
  • Por donativos con finalidad ecológica.
  • Adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.

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