Lo que debes saber antes de pedir las vacaciones laborales

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8/08/2025

Las vacaciones laborales en nuestro país son un derecho inalienable regulado por la normativa vigente. Concretamente por el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

La ley establece un mínimo de 30 días naturales de vacaciones anuales. Aunque muchos convenios hablan de 23 días laborables de vacaciones.

Estos se traducen en el periodo de 30 días naturales de vacaciones al incluir fines de semana o festivos, dependiendo del calendario laboral.

Para garantizar el disfrute de las vacaciones, evitar conflictos y asegurar que los trabajadores obtengan un descanso real, es importante conocer bien estas reglas.

Legislación y duración mínima obligatoria

Como hemos mencionado, el Estatuto, en su artículo 38, fija claramente que el período de vacaciones laborales retribuidas al año no puede ser inferior a 30 días naturales. Este periodo incluye festivos y fines de semana. No es legal reducirlo ni sustituirlo por compensación económica, salvo en caso de finalización del contrato sin haber disfrutado el descanso

Por su parte, en los convenios colectivos puede acordarse una duración superior. Por ejemplo 23 días laborables de vacaciones. Pero la cantidad de 30 días naturales de vacaciones es siempre el mínimo legal invariable.

Lee más sobre: Reducción de la jornada laboral y refuerzo del derecho a la desconexión digital

Cálculo proporcional y antelación

En el que caso de que un trabajador no haya estado un año completo, las vacaciones se calculan proporcionalmente. Aproximadamente 2,5 días naturales por mes trabajado. Lo que equivale a unos 1,83 días laborables dependiendo del calendario de trabajo.

Además, el calendario de vacaciones debe fijarse de común acuerdo entre empresa y trabajador, con al menos dos meses de antelación. En ausencia de acuerdo, la autoridad laboral podrá decidir las fechas y su resolución será irrecurrible.

Casos excepcionales y prórrogas

Existen algunas excepciones y prórrogas en casos concretos. Por ejemplo, si el trabajador está de baja médica durante el período previsto de descanso, tiene derecho a disfrutar las vacaciones posteriormente. Incluso superando el año natural, siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses desde el fin del año de origen.

En particular, los periodos de descanso deben fijarse de 30 días naturales de vacaciones, y nunca modificarse unilateralmente por la empresa sin negociación. Salvo excepción justificada y con preaviso previo.

Planificación estratégica

Una vez tenemos claro los días de vacaciones y cómo se aplican, el siguiente paso es contar con una buena planificación de estos días a lo largo del año.

Una adecuada planificación puede maximizar los descansos reales. Por ejemplo, combinando festivos y periodos vacacionales se pueden aprovechar hasta 47 días libres usando solo 22 días laborales.

Además, la creciente necesidad de desconexión digital ha provocado que aproximadamente el 61 % de trabajadores necesiten una semana o más para desconectar completamente. Esa tendencia refuerza la relevancia de respetar plenamente el descanso.

Restricciones y compensación económica

El derecho a vacaciones es irrenunciable mientras exista relación laboral, y no puede compensarse económicamente salvo en la extinción del contrato sin haber sido disfrutadas

Negarse a conceder vacaciones sin justificar, o incumplir los plazos legales, puede derivar en reclamaciones judiciales y sanciones de Inspección de Trabajo, desde 751 hasta 7.500 €

Recomendaciones para empresas y trabajadores

Finalmente, repasamos algunas recomendaciones útiles para mejorar el clima laboral a través de las vacaciones lavorables. En primer lugar, que los períodos de vacaciones se pacten de forma conjunta entre la empresa y el trabajador, respetando siempre los plazos de preaviso legalmente establecidos.

Asimismo, el uso de herramientas digitales permite planificar mejor los calendarios, evitar solapamientos entre empleados y automatizar la gestión de solicitudes, lo que contribuye a una mayor transparencia y eficiencia.

También es importante que se incorporen criterios objetivos y equitativos como la antigüedad, la carga familiar o la necesidad de rotación entre los turnos.

Por último, la empresa debe informar claramente a cada trabajador sobre los días de vacaciones que aún tiene pendientes antes de que finalice el año.

En caso de que no puedan disfrutarse por causas justificadas, debe dejarse constancia formal de su aplazamiento o, si procede, de su compensación legal conforme a la normativa vigente.

Cabe destacar que las vacaciones laborales en España están regladas por el Estatuto de los Trabajadores y garantizan un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año.

Aunque muchos convenios ofrecen 23 días laborables de vacaciones, la ley exige que, al final, se corresponda con el periodo de descanso en días naturales.

Por otra parte, su disfrute debe planificarse pactadamente y no puede sustituirse por compensación económica salvo en la terminación del contrato. Una gestión legal, transparente y digitalizada evita conflictos y protege el derecho al período de descanso real y efectivo.

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