Cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es un acto o permiso administrativo de ocupación, un documento, que acredita que una vivienda o edificio de viviendas cumple con unos requisitos técnicos e higiénico-sanitarios mínimos previstos en la Ley que desarrolla cada Comunidad Autónoma. 

Por lo tanto, se obtiene, previa visita de la inspección de los servicios técnicos correspondientes. 

Con la obtención de la cédula de habitabilidad se pretende asegurar que en la ejecución total de la obra han intervenido los técnicos competentes que asumen la responsabilidad que les corresponde en el resultado final de la obra y además se acredita la existencia de la oportuna y preceptiva licencia municipal de obras o de primera utilización, evitando con ello que se considere oficialmente habitable una vivienda construida sin licencia municipal de obras y por consiguiente clandestina o ilegal.  

Entendemos por tanto que, obtenida la cédula de habitabilidad, la vivienda resulta apta para ser destinada a residencia humana, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades debidamente autorizadas. 

La cédula se denomina de primera ocupación cuando se refiere a viviendas de nueva construcción; de segunda ocupación si se refiere a viviendas preexistentes y de primera ocupación de rehabilitación cuando se otorga para aquellas viviendas que son el resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o gran rehabilitación (Artículo 8.2 del Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad - Publicado en DOGC núm. 6245 de 02 de Noviembre de 2012). 

Es muy importante la obtención de la cédula de habitabilidad, puesto que, de acuerdo con las previsiones del Decreto 469/1972, de 24 de febrero, sobre simplificación de trámites para expedición de la Cédula de Habitabilidad. 

Las Empresas suministradoras de los servicios de agua, gas y electricidad no podrán formalizar ningún contrato definitivo de suministro sin que por el solicitante se presente documento que acredite haber obtenido la cédula de habitabilidad, o justifique su exención. 

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