Cómo pedir las 2-4 semanas extra del permiso por nacimiento (2026)

Permiso por nacimiento 2026

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19/12/2025

Desde el 1 de enero de 2026, las personas trabajadoras pueden solicitar entre 2 y 4 semanas adicionales del permiso por nacimiento y cuidado de menor, una medida que supone un avance relevante en materia de conciliación de la vida laboral y familiar y de corresponsabilidad parental.

Esta ampliación permite adaptar el disfrute del permiso a las necesidades reales de cada familia, aportando mayor flexibilidad en el cuidado de los menores durante sus primeros años de vida.

Ampliación del permiso por nacimiento

La ampliación del permiso por nacimiento, conocido comúnmente como permiso de maternidad y paternidad, hasta 19 semanas en familias biparentales y 32 semanas en familias monoparentales, está en vigor desde el 31 de julio de 2025.

No obstante, la norma contempla un régimen transitorio para aquellas familias cuyos hijos nacieron con anterioridad a la entrada en vigor de la ampliación.

En concreto, cuando el nacimiento del menor se haya producido entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, a partir del 1 de enero de 2026 se reconoce el derecho a disfrutar de:

  • 2 semanas adicionales, en el caso de familias biparentales.
  • 4 semanas adicionales, en el caso de familias monoparentales.

Estas semanas adicionales se introducen mediante el Real Decreto-ley 9/2025, que regula la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor.

Se trata de un periodo de libre disposición, lo que permite a las personas beneficiarias decidir cuándo disfrutarlo, siempre dentro del plazo legalmente establecido.

El disfrute de estas semanas podrá realizarse hasta que el menor cumpla 8 años, lo que aporta una mayor flexibilidad para compatibilizar el permiso con la organización familiar y laboral.

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¿Cómo solicitar las semanas de ampliación?

Para solicitar la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pone a disposición de la ciudadanía una solicitud online, que permite realizar el trámite sin necesidad de desplazamientos.

La solicitud debe presentarse a través del portal prestaciones.seg-social.es, accediendo al servicio de: Solicitar periodos adicionales de la prestación por nacimiento, adopción y cuidado de menores

Según la información facilitada por el INSS:

  • El beneficiario podrá presentar la solicitud con una antelación máxima de 15 días respecto al inicio del periodo de descanso.
  • Será necesario comunicar previamente a la empresa, con al menos 15 días de antelación, las fechas de disfrute del permiso.
  • La empresa deberá emitir y remitir el certificado de empresa, en el que consten la fecha de inicio y finalización del periodo de descanso.
  • La gestión también podrá realizarse a través de un representante autorizado, que presentará la solicitud en nombre del beneficiario.

Documentación necesaria

La documentación requerida para tramitar la solicitud puede variar según la situación, pero en todos los casos será necesario aportar:

  1. Solicitud de la prestación debidamente cumplimentada.
  2. Documento acreditativo de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).

Trabajadores por cuenta ajena

Además, será obligatorio presentar el certificado de empresa, donde conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

En caso de nacimiento

Se deberá aportar alguno de los siguientes documentos:

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
  • Libro de Familia.
  • Certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.

En los supuestos de gestación por sustitución, será necesaria la inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente o la correspondiente inscripción en el Registro Civil español.

En caso de adopción o acogimiento

Será necesario presentar:

  • Libro de Familia o certificado de inscripción en el Registro Civil.
  • Resolución judicial de adopción o resolución administrativa o judicial de acogimiento familiar.

Cuando exista desplazamiento previo al país de origen del menor adoptado, deberá aportarse la documentación emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma, que acredite el inicio de los trámites de adopción.

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La ampliación de los permisos por nacimiento y cuidado de menor es solo una de las múltiples novedades que están redefiniendo el marco laboral actual.

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