Según el diario El Mundo: “el auto dictado por el órgano judicial que preside Fariñas, deriva de la vía legal abierta por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona a raíz del caso de un vecino de Martorell. El titular de dicho juzgado paró su desalojo para consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la posible indefensión de los consumidores frente a la aplicación de cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios”.
Jueces de primera instancia de Valencia también acordaron que en los procesos de “ejecuciones hipotecarias”, comúnmente llamadas desahucios, se procederá “incluso de oficio” y en cualquier momento del proceso, a la anulación de cláusulas que lesionen los derechos de los consumidores.
El Supremo se aleja de esta reacción social y de muchos jueces y considera que estos intereses aplicados por los bancos durante las “ejecuciones hipotecarias”, que en algunos casos llegan al 18,75%, no son abusivos.