El pasado 22 de febrero se aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto-ley por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (publicado en el BOE como Real Decreto-ley 3/2013). Introduciendo, entre otras, las siguientes medidas:
- Se rebaja la cuota variable que debe pagar una persona física del 0,5 por 100 del total de la cuantía de la pretensión al 0,10 por 100.
- Las medidas aprobadas tendrán una incidencia inferior al 5 por 100 respecto a los 306 millones previstos en la memoria económica de la ley de tasas.
- En los recursos contencioso-administrativos contra resoluciones sancionadoras la tasa no podrá exceder de la mitad de su importe.
- El importe de las tasas en los procedimientos de ejecución hipotecaria de vivienda habitual quedarán fuera de la condena en costas, que suele repercutir en el desahuciado o su avalista.
- Las reclamaciones por incumplimientos de laudos de consumo estarán exentos de tasas. Los divorcios de mutuo acuerdo tampoco pagarán.