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JURÍDICA

SEGURO DE DECESOS: qué es.

¿En qué consiste?

El fallecimiento se puede afrontar de diversas maneras dependiendo de las creencias de cada uno y de la manera en la que nos llegue. Pero lo que sí está claro es que en todas estas ocasiones hay que hacer frente a los gastos del sepelio, para ello sirve el seguro de decesos.

El seguro de decesos es un tipo de póliza que cubre los gastos derivados del fallecimiento de una persona hasta el capital que se haya asegurado.

¿Qué cubre el seguro de decesos?

Los principales gastos que están cubiertos en cualquier seguro de decesos son los siguientes:

En otros casos, las coberturas básicas que se encuentran en este tipo de seguro son las que hacen referencia a las gestiones administrativas que derivan del fallecimiento de una persona. En la mayoría de los casos este tipo de cobertura está incluida en la póliza y será una persona la que se encargue de ello. Se pueden destacar:

Como coberturas adicionales encontramos circunstancias que se pueden dar como que el fallecimiento ocurra en un lugar lejano a nuestro domicilio habitual y sea necesario repatriar el cuerpo y a los familiares hasta el país de origen para recibir sepultura. Para estos casos las compañías ofrecen la posibilidad de contratar una cobertura donde se incluyan los gastos de traslado del cuerpo a su país y en la mayoría de los casos los gastos que se deriven del traslado de un familiar que acompañe al cuerpo.

También es de destacar aquellos casos en los que el fallecimiento afecte a un familiar directo y ese familiar se encuentre fuera del domicilio familiar, el seguro de decesos puede incluir una cobertura para cubrir los gastos de desplazamiento del citado familiar al lugar del sepelio.

¿Qué hay que tener en cuenta para contratar este tipo de seguros?

Algunos de los consejos previos a la contratación pueden ser:

Diferencia entre seguro de vida y de decesos

Ambos seguros se activan cuando se produce un fallecimiento, pero tienen grandes diferencias.

El seguro de vida suele ofrecer una compensación económica a los beneficiarios designados por el asegurado en el caso de que se produzca su muerte por las causas estipuladas en el mismo.

El seguro de decesos, en cambio, es un contrato de servicios destinado a cubrir todas las necesidades económicas y de tramitación legal derivadas de la muerte del titular y su sepelio o cremación siempre que se haya incluido en las coberturas del mismo.

En concreto podemos atender a:

Cobertura del seguro de vida

El seguro de vida es un contrato que se celebra entre la empresa asegurada y el asegurado para determinar una suma de dinero que se pagará al beneficiario una vez fallecida la persona asegurada.

La cobertura básica de un seguro de vida es el riesgo por muerte del tomador por cualquier causa: muerte natural, enfermedad, accidente, etc. Aunque existen otros riesgos que pudiesen causar invalidez o muerte por causas que no suelen estar incluidas en una póliza básica.

Existen una serie de circunstancias que no contemplan los seguros de vida. El suicidio es una de ellas, de la misma forma, se penaliza la negligencia grave o actos imprudentes, por ejemplo, una persona que fallece a causa de conducir bajo los efectos de estupefacientes.

Otras situaciones podrían ser:

Para consultar la normativa relacionada le recomendamos este enlace. Si quieres más información relacionada como por ejemplo el contrato de seguro de accidentes, o la donación en vida, visita nuestra tribuna.

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