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¿Se puede cancelar un préstamo ICO?

El Gobierno se ha visto obligado a crear otra medida para aliviar financieramente a las empresas tras la pandemia como es la subvención para cancelar un préstamo ICO.

Los préstamos ICO, como ya comentamos en nuestra tribuna “préstamos ICO concedidos por COVID-19”, pueden ayudar a las empresas de diferentes maneras. La más usual es la denominada “línea de crédito” donde el Estado no actúa como prestamista sino como mero avalista frente a una operación entre una entidad financiera y su cliente.

El problema ha surgido cuando esta medida no ha sido suficiente y las empresas siguen teniendo dificultades para pagar sus préstamos avalados. El Gobierno, va a subvencionar, bajo ciertos requisitos, a la empresa que tengan dificultades para pagar sus deudas. En otras palabras, aquellos préstamos que solo estaban avalados ahora serán financiados también por el ICO.

En nuestra tribuna ¿cómo hacer la contabilidad de un préstamo ICO? ya tratamos los apuntes contables del aval. Hoy queremos ver cómo se contabiliza el segundo paso, es decir, la subvención.

Subvención para cancelar un préstamo ICO

La subvención pretende ayudar a la cancelación del principal del préstamo avalado anteriormente. Se considera, por tanto, como una medida adicional a la primera que ha perecido insuficiente.

Dependiendo de las condiciones establecidas, la subvención va a permitir a la empresa:

  1. Pagar el total del principal pendiente en el momento que se recibe la subvención y ahorrarse además los intereses.
  2. Pagar el principal pendiente siguiendo el mismo calendario que tiene hasta ahora. Dicho de otra manera, la empresa seguirá contabilizando sus cuotas como hasta ahora pero el principal no lo pagará por banco. En este caso la empresa sí que deberá asumir el pago de los intereses.

Caso practico

Como lo que nos interesa es conocer los apuntes contables que tendremos que realizar una vez recibida la subvención, entendemos que el préstamo avalado ya lo tenemos contabilizado. Tenemos ya contabilizado su formalización y el pago, por ejemplo de una cuota.

Podemos partir del ejemplo que ya vimos en nuestra anterior tribuna ¿cómo hacer la contabilidad de un préstamo ICO?

Datos de partida

 Aquí anotamos la entrada de dinero por banco, la deuda pendiente como pasivo y el Aval que nos concedió el ICO como una subvención. Lo hemos realizado siguiendo la consulta nº 2 del BOICAC 125 de marzo de 2021 .

 

Debe

Haber

(572) Banco c/c

100.000

(170) Deudas a l/p

72.880,49

(520) Deudas a c/p

22.449,19

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados

4.670,32

 

Debe

Haber

(520) Deudas a c/p

22.449,19

(662) Intereses de deudas

3.813,19

(572) Banco c/c

26.262,38

 

Debe

Haber

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados

1.813,19

(746) Subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio

1.813,19

Las cuentas que tenemos abiertas son las siguientes:

Tendremos, por tanto:

Suponemos que en este momento nos conceden la subvención para cancelar el principal pendiente, es decir, los 72.880 €. Vamos a suponer dos posibilidades:

  1. La subvención nos la conceden para cancelar de manera anticipada y en un solo momento la totalidad del préstamo pendiente
  2. La subvención nos la conceden para ir cancelando el préstamo con el mismo calendario de pago que teníamos hasta ahora.

Subvención para cancelar un préstamo ICO en su totalidad. De manera anticipada.

En este caso suponemos que nos conceden la subvención para cancelar la totalidad de la deuda que aún tenemos “viva”. Será la Administración la que pagué el principal que aún tenemos pendiente de pago.

¿Qué pasa con la deuda anotada en la 170?

Debemos anotar la disminución del pasivo (la cuenta 170 la tendremos que dar de baja pues ya no se va a pagar)

¿Qué pasa con la subvención del aval gratuito anotado en la 132?

En cuanto al aval gratuito que teníamos anotado en la cuenta (132) se trasladará a pérdidas y ganancias por el importe que aún no se traspasó a resultado.

Los apuntes contables serán los siguientes:

 

Debe

Haber

(170) Deudas a l/p

72.880,49

(740) Subvenciones, donaciones y legados a la explotación

72.880,49

 

Debe

Haber

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados

2.587,13

(746) Subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio

2.587,13

Subvención para cancelar un préstamo ICO en función del pago de las cuotas.

En este caso la sociedad no recibe el importe para cancelar el préstamo en un solo momento.

¿Qué pasa con la deuda anotada en la 170?

Seguirá teniendo el pasivo por lo que no lo dará de baja de su balance. Los gastos financieros deberá seguir pagándolos pues la subvención solo cubre el capital.

¿Qué pasa con la subvención del aval gratuito anotado en la 132?

Tampoco debemos darla de baja. Lo iremos haciendo atendiendo al calendario que ya teníamos.

Los apuntes contables serán los siguientes (suponiendo que no nos abonan el dinero, sino que será la Administración quien pague el principal de cada una de las cuotas)

 

Debe

Haber

(4708) Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas

72.880,49

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados

72.880,49

 

Debe

Haber

(520) Deudas a c/p

xxxxx

(662) Intereses de deudas

xxxxx

(572) Banco c/c

Por los intereses

(4708) Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas

Por el importe del principal

 

Debe

Haber

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados

xxxxx

(746) Subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio

xxxx

 

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