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FISCAL

Se avecinan cambios en el sistema tributario: La fiscalidad de los Inmuebles

Se avecinan cambios fiscales, varios en IRPF, y uno de los que más suena actualmente es la tributación de los inmuebles.

Según la normativa vigente de IRPF, los inmuebles que no constituyan la vivienda habitual del contribuyente tributan en sede del Impuesto sobre la Renta; bien por los rendimientos que se generen por tenerlos alquilados o bien por tener a “disposición del contribuyente” esos inmuebles.

Existen excepciones a esta regla, como que los inmuebles estén afectos a actividades económicas o constituyan el domicilio de los hijos en caso de separación o divorcio.

Así, el disponer de una segunda vivienda “se grava” en el IRPF; los propietarios de los inmuebles que no constituyan la vivienda habitual y no estén alquilados sufren una imputación de rentas en el IRPF, equivalente al 1,1% del valor catastral de los inmuebles (o 2% si la última revisión catastral se realizó con anterioridad al año 1994). Esa renta imputada acompaña al resto de rendimientos que componen la base general (como los rendimientos del trabajo) y tributan según la escala progresiva del impuesto, en función del nivel de rentas, y que puede superar el 50%.

El Gobierno maneja diferentes alternativas a esta fiscalidad. Las opciones pueden ser elevar el porcentaje de imputación, cambios en el IBI o la fijación de un sistema complementario de tributación.

“Alternativas: Elevar el  porcentaje de imputación, cambios en el IBI o imposición complementaria”

La idea que mantiene el ejecutivo, apoyada por el reciente informe Lagares, es dar más relevancia a los impuestos que están menos expuestos a los ciclos económicos. En relación a este hecho, se incrementaría este impuesto para dar menor relevancia a los que gravan la transmisión de la propiedad, como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. No obstante, este último impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que la elevación de la fiscalidad en IRPF no supondría un descenso automático de aquél impuesto; es más, las comunidades han elevado frecuentemente el ITPAJD.

Pero la idea del ejecutivo es clara: que un retroceso de la actividad no derive en un derrumbe de los ingresos públicos. Todo para salvar los números rojos de las administraciones.

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