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Regularización del IRPF en la nómina

Puede suceder que durante los últimos meses del año, noviembre y diciembre, el importe que te ingresen en la cuenta bancaria por la nómina sea inferior al importe percibido durante el resto del año. Esto de debe a que cuando llega el final de año la empresa está obligada a realizar la regularización del IRPF en la nómina y como consecuencia se puede cobrar menos.

Obligación de retener el IRPF en la nómina por parte de la empresa

Además de las cotizaciones a la Seguridad Social. Uno de los descuentos que aparecen en casi todas las nóminas son las retenciones por IRPF (Impuesto de la renta de las personas físicas) que se abona a hacienda. Estos descuentos suponen la diferencia entre el salario bruto y el salario neto.

La empresa está obligada a practicar retenciones por IRPF en unos determinados porcentajes en función del salario anual del trabajador, el tipo de contrato y su situación personal.

Regularización del IRPF en la nomina

Las empresas están obligadas a regularizar la situación de las personas trabajadores por el importe total de las percepciones salariales a lo largo del año, esta regularización del IRPF en la nomina se puede deber:

  1. Por cambio de contrato: En los contratos temporales de duración inferior al año, la Ley obliga a que el tipo de retención mínimo a aplicar sea del 2 %. Esto es debido a que, en estos casos, la empresa no pueda disponer de los datos fiscales del contribuyente y, por tanto, no pueda estimar de forma correcta el porcentaje de IRPF que hay que retener.

Si un contrato en un principio iba a ser de 6 meses y posteriormente es transformado en indefinido la retención cambiará del 2% al que corresponda teniendo en cuenta los nuevos ingresos.

  1. Por el aumento de las percepciones inicialmente previstas: Si la empresa estima que la persona trabajadora va a ganar 22.000 euros anuales y finalmente gana 25.000 por la realización de horas extras, pluses, etc. Se debe regularizar la retención del IRPF en la nomina.

Al aumentar los ingresos anuales totales aumentan las obligaciones en el IRPF.

¿Puedo negociar con mi empresa el tipo de retención por IRPF?

Con carácter general no podemos exigir a la empresa que no nos practique retenciones por IRPF o que nos las baje, dado que es un adelanto que hace la empresa en nuestro nombre a hacienda. Sin embargo, cuando cambian las circunstancias personales o familiares de las personas trabajadoras, pueden solicitar a la empresa que se modifiquen las retenciones en la nómina. Por ejemplo, si se tiene un hijo durante el ejercicio, algún ascendiente a cargo mayor de 65 años a cargo o se acredita una discapacidad superior al 33 %.

Cuando cambien las circunstancias personales o familiares, se debe presentar a la empresa el Modelo 145 de comunicación de datos al pagador sobre retenciones sobre rendimientos del trabajo, a través del cual se recabará toda la información necesaria para el cálculo de las retenciones de las personas trabajadoras de una empresa.

Las personas trabajadores pueden solicitar que le apliquen un porcentaje de IRPF superior si han trabajado anteriormente en otra empresa durante ese año o han tenido otros pagadores.

Para solicitar un incremento en el tipo de retención del IRPF, tan solo debemos realizar una solicitud por escrito a nuestra empresa (algunas de ellas cuentan con formularios específicos para hacerlo). En ningún caso, la persona trabajadora podrá solicitar un tipo de retención superior al tipo marginal máximo que se establece en la tabla del artículo 85 del Reglamento del IRPF.

¿Cómo puedo calcular el porcentaje de IRPF que me tiene que aplicar la empresa?

El cálculo de la retención por IRPF se puede hacer a mano pero es bastante complejo, los profesionales que se dedican a la gestión de nóminas utilizan la calculadora de IRPF publicada por la agencia tributaria: Calculadora de Retenciones IRPD 2021

Las retenciones por IRPF son un abono adelantado

Hay que tener en cuenta que el abono de las retenciones no es más que un pago adelantado del impuesto. Es decir, no vas a pagar más o menos a final de año; lo que no pagues ahora, tendrás que pagarlo más adelante cuando presentes la declaración, mientras Hacienda te devolverá el exceso si has aumentado las retenciones y pagado de más durante el año.

Cuando al año siguiente hagamos la declaración de la renta podremos comprobar si hemos pagado de más si nos sale a devolver, o de menos si nos sale a pagar.

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