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JURÍDICA

Regulación de las responsabilidades por incumplimiento de obligaciones establecidas en la normativa europea

A principios de julio el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 515/2013, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

Esta norma tiene por objeto desarrollar lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que específicamente se refería a la responsabilidad por incumplimiento de normas de Derecho de la Unión Europea.

El Real Decreto 515/2013 regula, por tanto, el procedimiento y los criterios para la determinación y repercusión de las responsabilidades derivadas por dicho incumplimiento.

Hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, era el Reino de España el único responsable de las sanciones que pudieran derivarse de incumplir -por acción u omisión- normas comunitarias.

Con la nueva normativa se hace efectivo el principio de responsabilidad, ya que cada Administración deberá responder de sus decisiones, lo que genera una mayor seguridad jurídica, a la vez que se mejora el cumplimiento de nuestros compromisos europeos y la imagen de España en el exterior.

Según la exposición de motivos, la existencia del procedimiento supone una gran novedad en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta la  fecha sólo existían regulaciones dispersas y de carácter sectorial en determinadas  materias, como son la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea, los  compromisos adquiridos en materia de estabilidad presupuestaria, en materia de aguas o  los servicios del mercado interior.

Dicho procedimiento no tiene naturaleza sancionadora, sino que se limita solamente a derivar responsabilidades.

Principales medidas de la nueva normativa

Según la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, con esta nueva norma “damos un cumplimiento mejor a nuestros compromisos europeos y a nuestra imagen institucional como país, y convergemos con otros países de nuestro entorno, que tienen procedimientos de naturaleza similar”.

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