Acceso usuarios  |  Acceso campus  |  🔍
Máster y cursos online: Fiscal,
Laboral, Contabilidad y Mercantil

CONTABLE

Reformulación de las Cuentas Anuales

Somos muchos los que antes de vacaciones les entran las prisas y queremos dejar toda nuestra tarea terminada  incluyendo, como no, el depósito de las cuentas anuales. Según la legislación mercantil deberían ya de estar entregadas, pero en muchas ocasiones, cuando hacemos el depósito  en el Registro nos suele surgir la duda de qué ocurre si una vez entregadas advertimos un error en las mismas.

Atendiendo a una consulta que se hizo al ICAC al respecto, observamos como realmente lo que se hace es un repaso a la normativa propia establecida en el Plan  mencionando.

La reformulación de las cuentas por tanto se considera un hecho excepcional. El propio Marco Conceptual del Plan General Contable establece que “los hechos posteriores al cierre del ejercicio, no tienen como objetivo imponer a los administradores una exigencia de reformulación de las cuentas anuales ante cualquier circunstancia significativa que se produzca antes de la aprobación por el órgano competente. Solo situaciones de carácter excepcional y máxima relevancia en relación con la situación patrimonial de la empresa, de riesgos que aunque conocidos con posterioridad existieran en la fecha de cierre de las cuentas anuales, deberían de llevar a una reformulación de estas”.

Como conclusión, los errores contables deberán subsanarse en el ejercicio en que se detectan, debiendo reflejarse la citada rectificación en las cuentas anuales de dicho ejercicio.

FORO CONTABLE
Recuerda utilizar nuestro Foro para consultas o preguntas relacionadas con éste artículo.

Master en Asesoría Fiscal de Empresas

Online | 1500 horas | 1895 €

Ver ficha de curso