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JURÍDICA

Reclamar el cobro del equipaje de mano: ¿cómo y cuándo hacerlo?

Aunque la práctica de cobrar por el equipaje de mano ha sido declarada ilegal, tanto por las autoridades de consumo como por los tribunales, al considerar que es una cláusula abusiva, se trata de una práctica habitual entre compañías low cost.

Esta opción debe ser gratuita, siempre y cuando el equipaje de mano respete las dimensiones mínimas fijadas por la empresa. Por tanto, los viajeros pueden reclamar el cobro del equipaje de mano.

En la tribuna de hoy, te cuento cuándo tienes derecho a reclamar y cómo debes hacerlo.

Cobro del equipaje de mano

Cobrar por el equipaje de manos es uno de los fraudes más frecuentes en las compañías low cost. La Ley prohíbe a las compañías aéreas cobrar un suplemento por el equipaje de mano siempre y cuando cumpla con las especificaciones de la compañía, sin embargo, son muchas las que lo hacen o las que solo consideran equipaje de mano, las mochilas, bolsas y carteras, pero no las maletas de pequeñas dimensiones que caben en los compartimentos superiores de la cabina.

En concreto, el artículo noventa y siete de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, establece que “El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. El exceso será objeto de estipulación especial.”, pero la vez dice que “No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave”

Sin embargo, la ley no especifica las dimensiones del equipaje de mano, por lo que cada compañía es libre de establecer estas dimensiones.

Una de las sentencias más relevantes en este sentido la dictó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2014. En ella, la Sala obligó a Vueling a indemnizar a un viajero al que cobraron un suplemento por introducir una maleta de mano pequeña que cumplía con las medidas máximas para llevarla en cabina. La justificación legal que dieron los magistrados fue que el equipaje se considera un “elemento indispensable del transporte de los pasajeros”, por lo que su llevanza “no puede ser objeto de un suplemento de precio”.

Facturar maleta de manos

En la misma línea, las compañías aéreas tampoco pueden cobrar cuando obligan a facturar la maleta de mano porque la cabina va demasiado llena. En caso de que exijan un abono, el afectado tiene derecho a poner una reclamación no solo por el importe que ha pagado injustamente, sino también puede pedir un extra como indemnización.

¿Cómo reclamar el cobro del equipaje de mano?

Si se decide reclamar el cobro del equipaje de mano, lo primero que tendremos que hacer es recopilar toda la documentación que tengamos sobre el vuelo y solicitar a la aerolínea información sobre los motivos por los que hemos tenido que abonar un importe extra por el equipaje de mano. En definitiva, guarde toda la documentación que ayude a reclamar posteriormente a la compañía, es decir, los billetes, los correos, los recibos abonados, etc.

El siguiente paso será cumplimentar el formulario de reclamación de derechos de los pasajeros aéreos de la Unión Europea (EU) y entregárselo a la compañía, este proceso lo podemos realizar por nuestra cuenta o solicitar a una empresa especializada en reclamar a las aerolíneas. Si no atienden nuestra petición, se puede reclamar a la administración nacional competente.

El último recurso será acudir a la vía judicial, interponiendo demanda en el juzgado en el plazo de un mes después de haber enviado el formulario a la compañía aérea.

Expediente sancionador a las compañías aéreas

Hace unos días, nos levantábamos con la noticia de que el Ministerio de Consumo ha abierto un expediente sancionador a varias aerolíneas, entre ellas Vueling, Ryanair, Volotea y Easyjet, por el cobro de equipaje de mano. El ministerio atiende así la denuncia que había realizado FACUA hace dos años.

El Ministerio ha emitido un comunicado en el que recuerda que las infracciones por las que ha expedientado a las aerolíneas pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

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