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JURÍDICA

Real Decreto-Ley 17/2022: Novedades en materia energética

El pasado 22 de septiembre, entró en vigor el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. Con él, se introducían una serie de medidas urgentes con la intención de ajustar el precio del gas de instalaciones de cogeneración. Además, se pretendía agilizar la autorización de instalaciones de energía renovable y reducir, de forma temporal, el IVA aplicable a determinados combustibles.

Este Real Decreto se introduce como complemento a las medidas ya tomadas para la reducción del precio de la luz. Sin embargo, incorpora novedades de interés para las empresas del sector de la energía. En concreto, permiten paliar los problemas ocasionados durante este último año, destacando la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

Las novedades que trae el Real Decreto-Ley 17/2022

Entre las principales medidas que se han anunciado por la llegada de este Real Decreto-ley 17/2022, destacamos las siguientes:

La cogeneración

Como hemos comentado, el Real Decreto-Ley 17/2022 introduce medidas urgentes en el ámbito de la energía. Esto permite que las plantas de cogeneración de la industria puedan renunciar, de forma temporal, al RRE para entrar en el ámbito de aplicación del Mecanismo Ibérico.

La aplicación de este mecanismo podrá solicitarse mientras éste se encuentre en vigor. El periodo de aplicación de esta renuncia voluntaria comprenderá el primer día del mes siguiente a la fecha de comunicación de la renuncia hasta la finalización de su vigencia, que no será superior al 31 de mayo de 2023.

Durante este tiempo las instalaciones, no percibirán el RRE, ni se les exigirá el cumplimiento de las condiciones de eficiencia o de los límites de consumo de combustibles. Una vez llegado el plazo mencionado, las instalaciones de cogeneración recuperarán su derecho a percibir el RRE correspondiente.

¡OJO! Es posible solicitar la finalización anticipada del período de renuncia al RRE, ante el organismo competente para realizar las liquidaciones.

Comunicación de la renuncia y la inclusión en el mecanismo de ajuste 

Pero… ¿Cómo se realiza la comunicación de la renuncia y la inclusión en el mecanismo de ajuste? ¡En dos pasos!

El primer lugar, habrá que comunicar la renuncia ante el órgano competente para la realización de la liquidación del régimen retributivo específico (CNMC).

El segundo lugar, habrá que solicitar la inclusión en el mecanismo de ajuste, con comunicación expresa de renuncia al RRE.

Las instalaciones tras la renuncia

¿Y qué ocurre tras la renuncia en las instalaciones?

Cuando las instalaciones presenten la renuncia al RRE, el número de horas equivalentes de funcionamiento mínimo y el umbral de funcionamiento de la instalación tipo correspondiente, se calcularán proporcionalmente al periodo en el que no haya estado en vigor para estas instalaciones el mecanismo de ajuste.

La Flexibilización y agilización en las autorizaciones de las instalaciones renovables

Para la simplificación de los tramites con la intención de agilizar las instalaciones renovables, se han incluido una serie de modificaciones en las siguientes normativas. Te las mostramos a continuación:

Modificaciones para agilizar las instalaciones renovables por el Real Decreto-Ley 17/2022

Las modificaciones establecen que:

Establecimiento de los niveles admisibles de carga en la red de transporte de energía eléctrica

El Real Decreto-ley 17/2022 dice:

“Los niveles admisibles de carga en la red de transporte de energía eléctrica se establecerán de acuerdo al contenido del anexo I, el cual podrá ser modificado mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía”.

Las empresas propietarias de las instalaciones de transporte deberán utilizar estos criterios y la metodología de cálculo. Esto permite determinar los niveles admisibles de carga en la red de transporte de energía eléctrica.

Dichas empresas deberán remitir, de forma semestral, un informe al operador del sistema indicando las modificaciones de capacidad realizadas en sus instalaciones.

Reducción del tipo de IVA en el gas y la electricidad

El RD-Ley del que venimos hablando trae consigo la reducción del IVA del gas natural del 21% al 5%. Esto se da con una temporalidad desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de:

Creación de un servicio de respuesta activa de la demanda

Además de lo anterior, se aprueba un nuevo mecanismo de respuesta rápida de la demanda para nuestro sistema eléctrico peninsular español, con la finalidad de aumentar la flexibilidad y la seguridad del sistema eléctrico, haciendo frente a las posibles situaciones de escasez de energía de balance.

Con todas estas medidas se pretende paliar la situación de los consumidores ante ese encaramiento de la energía.

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