¿Qué tipo de sociedad es la más adecuada para montar mi negocio?

¿Qué tipo de sociedad es la más adecuada para montar mi negocio? - INEAF

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13/05/2013

Demasiado a menudo leemos en los periódicos que en España se alcanzan cada día cotas más altas de desempleo, y no habiendo previsiones de la que situación mejore, cada vez se contempla con mejores ojos “ser tu propio jefe”, o lo que es lo mismo, montar tu propio negocio. Pero una vez más surge un pregunta, ¿qué forma jurídica es la más adecuada para mi empresa? No hay una mejor que otra, dependerá de las circunstancias de cada uno, pero desde la Tribuna de INEAF os ofrecemos esta publicación que podrá serviros como orientación.

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  • Sociedad de Responsabilidad Limitada

Solo requiere de un socio, es el tipo de sociedad más habitual, sobre todo en el caso de pequeños empresarios.  Debido en gran parte a la sencillez de los trámites burocráticos, tanto para su constitución como para su mantenimiento. El capital mínimo es de 3.000 euros y los socios responden sólo con el capital aportado.¿Qué tipo de sociedad es la más adecuada para montar mi negocio? - INEAF

Tiene algunos inconvenientes: el capital es dividido en participaciones, y éstas no son fácilmente transmisibles. Y si para obtener la financiación necesaria para la empresa, el banco nos pide garantías personales, la responsabilidad limitada se “evapora”.

  • Sociedad Anónima

Suele ser un modelo elegido para grandes empresas con muchos socios, aunque solo requiere de un socio para constituirse.

Su mayor ventaja es que los socios no responden con su patrimonio a las posibles deudas de la sociedad, se limita al capital aportado. Y existe libre en la trasmisión de las acciones, lo que facilita la incorporación de un amplio número de inversores.

Uno de los inconvenientes es que el capital mínimo requerido es muy elevado, 60.000 euros. Y una gestión administrativa más compleja que el de las demás sociedades, tanto en los trámites de constitución como en el funcionamiento diario,  exigiendo un mayor rigor formal en la organización.

“Cada vez se contempla con mejores ojos ser tu propio jefe”

  • Cooperativa

Es una forma de economía social adecuada para empresas en las que los trabajadores son propietarios de la misma. Requiere de, al menos, 3 socios y el capital aportado dependerá de los estatutos.

Una de las ventajas es que la empresa es propiedad de los trabajadores en condiciones de igualdad que, a su vez, es una sociedad de personas, siendo una organización participativa y democrática. Responsabilidad frente a acreedores limitada al capital social. También tiene beneficios fiscales en la constitución (exención del ITP y AJD y bonificación del 95% en el IAE) y en la tributación por beneficios. Además de obtener ventajas en la obtención de ayudas y subvenciones (capitalización por desempleo, incentivos a la inversión de cada CC.AA.). Existe derecho a desempleo si se ha cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social.

Como desventaja se puede señalar la necesidad de tener, al menos, 3 socios trabajadores, la menor agilidad en la toma de decisiones y la mayor complejidad administrativa en el proceso de constitución.

  • Sociedad Laboral

Son unas formas especiales de S.L. o S.A. en las que la mayoría del capital pertenece a los trabajadores, en los últimos años las S.L.L. han tenido una considerable aceptación. Requiere de, al menos, 3 socios de los que al menos 2 serán trabajadores con contrato indefinido, y de un capital mínimo de 3.000 euros para S.L.L. y 60.000 euros para S.A.L

Los socios tienen una responsabilidad frente a acreedores limitada al capital social, y obtienen beneficios fiscales en la constitución (exención del 99% deI ITP y AJD), además de ventajas en la obtención de ayudas y subvenciones (capitalización por desempleo, incentivos a la inversión de cada CC.AA.);y existe derecho a desempleo si se ha cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social.

Como inconvenientes podemos nombrar el mínimo de 3 socios, 2 de ellos trabajadores, la menor agilidad en la toma de decisiones en caso de funcionamiento asambleario, y una mayor complejidad administrativa en el proceso de constitución, al existir en cada Comunidad Autónoma unos registros específicos para este tipo de sociedades.

“No hay una forma jurídica mejor que otra, dependerá de las necesidades”

  • Sociedad Colectiva

Es una sociedad de trabajo por lo que todos los socios aportan su trabajo. Está basada en la mutua confianza de los socios al responder ilimitadamente con todo su patrimonio de las deudas sociales.

Todos los socios comparten el control y la muerte de uno de los socios puede implicar una liquidación (terminación y cierre de la empresa). Generalmente, en una sociedad colectiva, es muy difícil deshacerse de un mal socio.

  • Sociedad Comanditaria: mixta, de carácter personalista y capitalista

Requiere mínimo dos socios y no requiere una aportación mínima de alquiler (para la Sociedad Comanditaria Simple; 60.000 euros para la Comanditaria por Acciones), pero los socios responden ilimitadamente con todos su patrimonio, lo que puede ser una desventaja.

Comentarios

  • Enrique (#)
    octubre 29th, 2013

    Quiero constituir una empresa de servicios de actividades extraescolares, ¿qué forma de constitución sería la más adecuada?

    • Jaime Ávila Pozuelo (#)
      octubre 30th, 2013

      Depende de muchas cosas Enrique. La nueva ley de emprendedores ha puesto a tu disposición dos nuevas formas de constitución. Una es el empresario de responsabilidad limitada. Es decir un empresario individual autónomo que tiene limitada su responsabilidad. Es decir que su patrimonio personal queda a buen recaudo. Esta sería una opción. La otra es la de la Sociedad Limitada de Forma Sucesiva, que permite crear una SL, sin exigencia de capital mínimo, con todas las ventas de las SL. De todas formas depende de muchos factores. Si vas a emplear a gente o si bien soy tu y otra persona, con la que te puedes asociar y constituir una comunidad de bienes. Estas actividades extraescolares dependiendo de su naturaleza (educativa) pueden estar exentas de IVA, por lo que estarías en prorrata 0, y no podrías deducirte el iva soportado de tus compras. Al inicarse una actividad y tener tantos gastos un socio comunero con el que compartir los mismo sería una buena opción. Te dejo unos links sobre tribuna, ley de emprendedores, y material divulgativo sobre las nuevas formas jurídicas para que te orientes. Con cualquier otra duda, me preguntas Enrique. Gracias y Un Saludo “https://www.ineaf.es/tribuna/analisis-de-las-principales-nuevas-formas-juridicas-de-la-nueva-ley-de-emprendedores/” “http://www.ineaf.es/divulgativo/mercantil/las-sociedades-mercantiles” “http://legislacion.ineaf.es/documentacion/legislacion/Estatal/Ley/Ley+apoyo+a+los+emprendedores+28.09.2013.pdf”

  • Belén (#)
    noviembre 24th, 2013

    Hola: 
    El gestor me ha recomendado montar una Sociedad Civil como comienzo para una actividad laboral entre unos amigos los cuales ponemos todos dinero hasta llegar a los 15.000 que en un principio necesitamos.
    Indagando más en el tema a través de internet no sé porqué la Cooperativa no es otra opción que me ha dado. Por lo que me gustaría saber qué diferencia hay entre ellas. También leí que tendríamos que hacernos autónomos todos para crear la Sociedad Civil… Pero el gestor no me mencionó nada de ello.. Sabríais decirme algo en relación.
    Gracias de antemano.
    Belen.

    • Jaime Ávila Pozuelo (#)
      noviembre 25th, 2013

      Buenas Belen.
      Todo depende del tipo de actividad. Te comento.
      Las cooperativas, no son sociedades mercantiles. Es decir, que su fin no es mercantil, si no el trabajo. Es una asociación de trabajadores que aportan su trabajo en función de un beneficio común. Por ejemplo COVIRAN. Es una cooperativa de consumo, es decir una organizacion cuyo fin es facilitar a los consumidores un mejor precio, calidad, servicio, seguridad e información veraz, por ejemplo, a través de la compra conjunta de determinados productos o de la prestación de servicios personales. EN este caso los consumidores son los socios, los que tienen una tienda COVIRAN. Por lo tanto, en tu caso no se que fin es el de tu sociedad. Una sociedad civil, que me imagino te recomendaría tu gestor una comunidad de bienes, todos sois autónomos, y tributais en régimen de atribución de rentas. Es decir, la comunidad comparte gastos e ingresos, y el beneficio total de dicha comunidad, se atribuye (aún sin distribuir) los beneficios o las pérdidas entre los socios comuneros.
      Si tienes alguna otra duda Belén, no dudes en preguntar.
      Un saludo

  • Sol (#)
    enero 14th, 2014

    Buenas, 
    Estoy pensando en montar una especie de centro cultural y de ocio en mi casa de campo y mi pregunta vendría a ser básicamente si necesito orientarlo como empresa (puesto que se serviran consumiciones aunque no habrá caja como en un negocio) y en ese caso que tipo de  sociedad sería la mas apropiada.  Además, aunque se que no viene con el tema directamente pero quizás podría usted saber por donde van los tiro, me gustaría saber si el recinto ha de contar con características concretas.
    Gracias

    • Jaime Ávila Pozuelo (#)
      enero 15th, 2014

      Buenas Sol, gracias por tu comentario.
      El problema es queme das pocos datos. Necesitaría saber que actividad económica quieres realizar exactamente puesto que por lo que veo, va a ser “con” ánimo de lucro. Detallame un poco mas la idea que tienes a ver si te puedo ayudar.
      Un saludo

  • Isabel Cristina Muñoz Nuñez (#)
    agosto 4th, 2022

    buenas tardes. una pregunta.
    somos 150 copropietarios propietarios de 300 hectáreas. nos pagaron nuestro acreencias laborales con porcentajes. somos campesinos todos; muchos no saben leer y escribir, pero si sacar cuentas.
    las tierras están mínimamente explotadas por falta de dinero. ahora se nos presenta la oportunidad de alquilar las tierras para un proyecto de energía Eólica y nos exigen organizarnos como sociedad mercantil para contratar.
    dada las circunstancias económicas nuestras, muy reducidas, cual sería la sociedad favorable a nosotros que somos 150 copropietarios.- que económicamente estamos tirando a regularones o mal. y no queremos pagar tantos impuestos? ni tanto trámite para suconformación?
    que recomiendan ustedes. ?

  • Raul (#)
    marzo 29th, 2023

    Buenas tardes,

    Quisiera poder construir o refaccionar solares en Palma de Mallorca, qué tipo de Sociedad es conveniente conformar?..Sociedad Anónima??

  • leidy cristina huertas (#)
    mayo 16th, 2023

    que tipo de sociedad me recomendaria y porque

  • Julia (#)
    mayo 22nd, 2023

    Buenas tardes:
    Queremos convertir la casa de mi abuela en una vivienda turistica. La vivienda es de mi madre ( Como heredera), y junto a ella mi hermana y yo. La sociedad solo explotaria la actividad de esta vivienda…. que figura es la mas adecuada. Mi madre es Jubilada, mi hermana trabaja por cuenta ajena y yo soy autonoma.

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