Todo lo que debes saber sobre el permiso de lactancia en 2023

Permiso de lactancia

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23/11/2023

El permiso de lactancia, denominado desde 2019 como permiso de corresponsabilidad en el cuidado del lactante, es un permiso retribuido al que tienen derecho las personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras con hijos de hasta 9 meses de edad.

Si tienes pensando coger el permiso de lactancia en 2023, te invitamos a quedarte en este post. ¡Te lo contamos todo ahora!

¿Qué es el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia consiste en el derecho de las personas trabajadoras a la reducción de la jornada de trabajo en una hora, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante, en el supuesto de nacimiento, adopción, guarda, con fines de adopción o acogimiento, hasta que cumpla nueve meses.

Las personas trabajadoras que ejerzan este derecho voluntariamente pueden sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora, con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, respetando en todo caso lo previsto en la negociación colectiva.

Duración del permiso de lactancia

El permiso de lactancia dura desde que se acaba la baja por paternidad o maternidad hasta que el niño cumple 9 meses.

La duración se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Es decir, en el supuesto de tener gemelos, este permiso se incrementará hasta dos horas diarias hasta que el bebé lactante cumpla nueve meses.

Si el permiso es solicitado por ambos progenitores con la misma duración y régimen, puede extenderse hasta el año de edad.

¿Quién puede disfrutar del permiso de lactancia?

Ambos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando reúnan las condiciones para ser beneficiarios de la prestación.

Características del permiso de lactancia 2023

  • Es un derecho individual e intransferible que pude ser solicitado por ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras.
  • Es un permiso remunerado.
  • La empresa no tiene la facultad de restringir este derecho ni de condicionar la manera en que se disfruta.
  • Pueden disfrutarlo ambos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores con bebes hasta los 9 meses de edad. Puede ser ampliado hasta los 12 meses en determinados supuestos.
  • A partir de 2023, ambos progenitores pueden disfrutar de este permiso de forma simultánea.
  • El periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.

¿Cómo se puede disfrutar el permiso de lactancia?

La persona trabajadora tiene varias posibilidades para disfrutar de este permiso, reduciendo la jornada laboral:

  • 1 hora diaria continua.
  • En dos fracciones de media hora.
  • Media hora.
  • Acumulando jornadas completas, teniendo en cuenta se debe disfrutarse antes de que el hijo cumpla los 9 meses de edad.

¿Qué sucede si las personas trabajadoras con derecho a disfrutar del permiso de lactancia trabajan en la misma empresa?

Si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, es este caso la empresa debe ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.

¿Cómo solicitar el permiso de lactancia?

Este permiso debe solicitarse a la empresa por escrito con una antelación de al menos quince días antes de la fecha de disfrute del permiso.

El procedimiento para la solicitud del permiso de lactancia debe estar determinado por el convenio colectivo aplicable.

Prestación económica por el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante

El permiso de lactancia es un permiso retribuido, por tanto, la empresa asumirá el pago del mismo. Sin embargo, cuando el permiso se solicita por ambos progenitores, con la misma duración y régimen, el permiso se puede extender hasta que el hijo cumpla el año de edad. En este supuesto, se produce una reducción del salario de manera proporcional, durante los últimos tres meses.

Con el objeto de proteger estos últimos 3 meses, la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 183 regula la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.

¿En qué consiste la prestación económica por el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante?

La prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo en media hora que, lleven a cabo con la misma duración y régimen los dos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando ambos trabajen, para el cuidado del lactante desde que cumpla nueve meses hasta los doce meses de edad.

¿Qué importe tienen la prestación económica por el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante?

La prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado de lactante consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo.

¿Qué duración tiene la prestación económica por el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante?

La prestación extinguirá cuando el o la menor cumpla doce meses de edad. Es decir, tiene una duración de tres meses.

¿La pueden solicitar ambos progenitores?

Cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios de la prestación, el derecho a percibirla solo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos

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