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FISCAL

¿Nuevo umbral para el delito fiscal?

Últimamente, los Inspectores de Hacienda, los Técnicos del Ministerio y otros tantos, se encuentran en una disputa en cuanto al umbral del delito fiscal.

Según el artículo 305 de Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el delito fiscal es aquel que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública por un importe que exceda de 120.000 euros, lo que será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto séxtuplo de la citada cuantía. En algunos casos, se estará a lo defraudado en cada período impositivo o de declaración, y si éstos son inferiores a doce meses, el importe de lo defraudado se referirá al año natural. No obstante lo anterior, en los casos en los que la defraudación se lleve a cabo en el seno de una organización o grupo criminal, o por personas o entidades que actúen bajo la apariencia de una actividad económica real sin desarrollarla de forma efectiva, el delito será perseguible desde el mismo momento en que se alcance la cantidad fijada anteriormente. En los demás supuestos, la cuantía se entenderá referida a cada uno de los distintos conceptos por los que un hecho imponible sea susceptible de liquidación.

Pues bien, el motivo de disputa es este umbral. Por un lado, los Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) quieren establecer este umbral en los 600.000 euros, es decir, 5 veces por encima del umbral actual, a cambio de endurecer las sanciones y garantizar el ingreso inmediato en prisión en caso de sentencia condenatoria aún en el caso de no contar con antecedentes penales o haber reparado el daño causado. Por otro lado, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han rechazado esta propuesta e incluso consideran delictiva la evasión fiscal desde los 50.000 euros defraudados por impuesto y año.

Así, Gestha considera que estableciendo el umbral que dictan los inspectores supondría un aliciente para cometer fraudes fiscales. Tengamos en cuenta que ni la suma de tres fraudes al año de 150.000 no se incurriría en delito, cosa que en la actualidad supone 3 delitos. Además, este nuevo límite propuesto por los inspectores , debido al efecto retroactivo, incluso en el caso de sentencia firme, “implicaría cambios en investigaciones polémicas que se están tramitando actualmente, como el caso Noós y las supuestas donaciones en B que afectan a partidos políticos“, ya que de ser así no serían delitos con este nuevo límite.  Gestha también piensa que con esta medida, ni mucho menos se aliviará la saturación en los juzgados y en los tribunales penales y que lo más razonable es dotar de más jueces y personal y la simplificación procesal.

La propuesta de los Inspectores forma parte de un conjunto de propuestas remitidas al Ministro Montoro para la inminente reforma fiscal.  En unos días le comentaremos si finalmente se ha modificado este umbral que dará fin a esta polémica entre Inspectores y Técnicos.

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