Nueva Ley de Medidas Urgentes para el Trabajo Autónomo

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28/06/2017

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Buenas noticias para el trabajador autónomo. La aprobación de la esperada Ley de medidas urgentes del trabajo autónomo es inminente. Debido a ello, vamos a comentar en la tribuna de hoy los principales aspectos de dicha ley que afectará a unos 3,20 millones de personas que están en este régimen.

No olvidemos que estas medias se pueden modificar en última redacción por lo que no son definitivas.

Gastos de manutención del Autónomo en el IRPF

En cuanto a medidas fiscales se refiere, se destaca la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los gastos de manutención afectos a la actividad. El importe máximo a deducir será de 26,67 euros diarios, (48,08 si es en el extranjero) realizados en días laborables, siempre que se produzcan en establecimientos en restauración y hostelería. Para ello, se exige igualmente que este importe “se realice en soporte telemático y pueda ser comprado de forma fehaciente a través de factura o sistemas indirectos de pago que tengan esta finalidad específica”. Aun así, estamos a la espera de la redacción definitiva de esta medida pues fue paralizada a última hora pero aun así, sí que se está negociando.

No hay que confundir estos gastos con los gastos por atenciones a clientes o proveedores ni los que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa ni los realizados para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestación de servicios, ni los que se hallen correlacionados con los ingresos. Tales gastos serán deducibles con el límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo, tal y como se expresa en la Ley de Impuesto sobre Sociedades (LIS)

Gastos de suministros del Autónomo que trabaja desde casa

Igualmente, el autónomo que trabaje desde su casa, podrá deducirse el 20% de los gastos de agua, luz, electricidad y teléfono.

Tarifa Plana de Autónomos

De las medidas en laboral destacamos la ampliación de 6 meses a 1 año la cotización de 50 euros a la Seguridad Social, la llamada “tarifa plana” de cotización por contingencias comunes. En este caso, además, se reduce a dos años el periodo sin haber estado cotizando que se exige para poder beneficiarse de esta tarifa. El periodo será de 3 años cuando el trabajador autónomo ya haya disfrutado de la tarifa plana en el periodo de alta anterior.

Destacamos también la compatibilidad entre el salario y la pensión de aquellos que cumplan la edad de jubilación y tenga empleados contratados, pudiendo percibir el 100% de la pensión y manteniendo su actividad. En el caso de no tener empleados, la pensión se mantiene del 50%.

Maternidad de la mujer trabajadora autónoma

En cuanto a la maternidad, se bonificará la cuota a las madres que se incorporen una vez pasado el periodo de baja. Sobre esto también existen varias dudas del tipo de bonificación pues hay quien comenta que al menos, deberá pagarse la tarifa plana.

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Cotización por Formación para el autónomo

También es de resaltar la fijación anual en la Ley de Presupuestos del Estado de la nueva cotización de los autónomos por formación. Para establecerla, se dialogará con las asociaciones más representativas de autónomos, asociaciones a las que se le reconocerá su “utilidad pública”. Con esta medida los autónomos podrán beneficiarse de cursos de formación subvencionados.

Recargos por impagos en la cuota de autónomo

En cuanto al recargo debido al retraso en el pago de la cuota de la Seguridad Social, si este se produce en el mes siguiente, será del 10% y no del 20% como hasta ahora.

Flexibilidad en los cambios en las bases de cotización del autónomo

Destacamos además que con la nueva Ley, los autónomos podrán cambiar su base de cotización en 4 ocasiones al año y pagarán desde el día en que causen alta, pagando la parte proporcional que corresponde del mes.

Estas son, entre otras, las medidas que pueden entrar en vigor en unos días. Igualmente estaremos pendientes de la redacción definitiva por si hubiese alguna modificación en las mismas.

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