Nueva directiva europea para aumentar la protección al consumidor

Nueva directiva europea para aumentar la protección al consumidor - INEAF

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10/05/2013

La Unión Europea ha alcanzado un acuerdo para la creación de una directiva comunitaria sobre hipotecas que refuerce la protección a los consumidores en la fase previa y posteriormente a la firma de estos contratos.

 El texto, que tras su aprobación formal tendrá que ser aplicado por los estados miembros en un plazo de dos años, incluida España, se opone a normativas nacionales que impidan la dación en pago por acuerdo de prestatario y prestamista, según declaró el eurodiputado socialista español Sánchez-PresedoNueva directiva europea para aumentar la protección al consumidor - INEAF.

 La normativa prohibirá las penalizaciones al consumidor por el pago anticipado del precio total del préstamo, aunque sí permitirá a las entidades pedir “compensaciones justas” si los prestatarios deciden liquidar la hipoteca dentro de determinados límites temporales.

 La futura ley protegerá a los consumidores inmersos en un proceso de ejecución hipotecaria, garantizará condiciones más favorables para los prestatarios en casos de pago anticipado, prohibirá a las entidades ofrecer productos vinculados a las hipotecas y contemplará la dación en pago en aquellos casos en los que el deudor no pueda hacer frente al pago de las cuota.

 En caso de demoras en los pagos, se pide a los bancos que la ejecución forzosa de hipotecas o expulsión de los ocupantes del inmueble “no sea la primera opción”, y que apliquen “una tolerancia razonable para buscar otras soluciones”, explicó el eurodiputado.

 Los Veintisiete, la Comisión Europea (CE) y el Parlamento Europeos (PE) han dado luz verde al texto legislativo, que además y por primera vez establece estándares sobre la conducta de los bancos a la hora de evaluar la solvencia de los prestatarios para la compra de bienes inmuebles de uso residencia.

 Por ello, la directiva está destinada a “dar la protección que merecen los consumidores”, obligando a los bancos a ofrecerles “una mejor información para que puedan elegir el préstamo hipotecario que más se ajusta a sus necesidades, al mejor precio, y plenamente conscientes de los riesgos que asumen”.

 Como conclusión a la norma, el texto se basa en cinco pilares fundamentales:

 1. Información previa. El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio de reflexión de 7 días antes de firmar un contrato hipotecario, antes de que éste sea vinculante. Asimismo se prevé medidas contra la publicidad engañosa sobre hipotecas.

  2. Prohibir la vinculación a otros productos. Las entidades crediticias no podrán obligar a los consumidores a contratar “paquetes cerrados” vinculados a la hipoteca y que incluyan otros préstamos o servicios

 3. Flexibilidad para amortizar deuda. El Parlamento ha logrado insertar reglas de flexibilidad en el pago, como un derecho del prestatario para pagar el préstamo antes de tiempo.

 4. Demoras y desahucios. La ley exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago, impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes.

 5. Evitar préstamos irresponsables. Para frenar los préstamos irresponsables, las entidades vendedoras de hipotecas deberán ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales para asegurarse de que cumplen requisitos profesionales estrictos. Por otro lado, se reforzarán también los criterios para evaluar la solvencia del comprador.

 Como conclusión saber que esta nueva directiva favorece notablemente a los consumidores al poder tener en cuenta sus necesidades financieras y su solvencia. Así como, no ser la primera alternativa de los bancos la expulsión de los ocupantes del inmueble cuando hay demora de los pagos de los préstamos hipotecarios. Además teniendo en cuenta la situación económica del país debería de contemplarse la posibilidad de poder incluir la dación en pago en nuestro Código Civil y así muchas familias españolas poder librarse de la deuda y no seguir incrementándola aun después de haber entregado la propiedad.

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