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FISCAL

Ley de Presupuestos Generales del Estado: Modificaciones fiscales

El pasado miércoles 28 de junio se publicó por fin la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. Veamos los principales cambios definitivos en la fiscalidad con motivo de la publicación de la esperada Ley.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se refiere, se establecen varios cambios. El primero de ellos es la exención a las entregas de monedas de colección cuando son efectuadas por su emisor por un importe no superior al facial.

Otras de las modificaciones que ofrece la ley de presupuestos generales en materia de  IVA es el tipo aplicable a las monturas de las gafas graduadas, de este modo, se iguala la tributación al de las gafas y lentes graduadas, esto es al tipo de gravamen del 10%

De las medidas más esperadas en los presupuestos generales, es la de la minoración del llamado “IVA cultural”, medida que reclamaban varios grupos políticos desde hace un tiempo. De este modo, se minora el tipo impositivo aplicable a teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo. Pasan de tributar del 21% al 10%.

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios se ve modificada, actualizando la escala al 1%.

En relación a los Impuestos Especiales, sólo una pequeña modificación en la ley. En el Impuesto sobre Hidrocarburos, se reduce el importe de las cuotas a devolver por el gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería, al objeto de adecuar la normativa interna al Derecho de la Unión Europea. De esta manera pasa de los 78,71 a 63,71 euros por mil litros sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura durante el período indicado, expresado en miles de litros.

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Finalmente cabe recordar que en los nuevos presupuestos generales no se ha modificado el tipo de interés legal del dinero y el interés de demora. De este modo, sigue siendo el interés legal del dinero del 3% y el interés de demora del 3,75%.

Todas estas medias entraron en vigor el pasado día 29 de junio, el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado. (BOE)

Como vemos, pocos han sido los cambios producidos por esta esperada Ley de Presupuestos. No olviden igualmente consultar nuestra tribuna con asiduidad para mantenerse al tanto de las novedades en el ámbito fiscal y laboral

Pueden consultar mas en: Ley de Presupuestos Generales del Estado

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