La reforma fiscal exceptúa la bajada del tipo de impuesto sobre sociedades a las entidades de crédito: ¿Un castigo para la banca?

Reforma fiscal - INEAF

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4/07/2014

En esta tribuna seguimos desvelando los entresijos de esta reforma fiscal, reforma que quiere transmitir una supuesta bajada de impuestos. Es ahora el turno del Impuesto sobre Sociedades y la banca.

Como ya anunciamos en tribunas anteriores, el tipo de gravamen general del Impuesto sobre Sociedades desciende del 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016 con la nueva reforma fiscal. Pues bien, existe una excepción de empresas que seguirán tributando al 30%, el sector bancario.

La primera impresión es que con esta excepción se castiga dicho sector, ese que tantos quebraderos de cabeza nos produce pero, les hago yo la siguiente pregunta, ¿Cuándo ha tratado este gobierno mal al sector bancario? Bien sabemos que este sector siempre ha gozado de un cierto apoyo por parte del Estado. Veamos el porqué de esta excepción.Reforma fiscal - INEAF

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) nos han desvelado el secreto. Al parecer la clave está en los créditos fiscales, conocido por sus siglas DTA en inglés.

Manteniendo el tipo al 30% se puede salvar la totalidad de los de activos fiscales diferidos (DTA) que cuentan como parte de su capital; si bajara el tipo, perdería una parte que tendría que reponer captando recursos en el mercado. Tengan en cuenta que estamos hablando de un total de créditos que asciende a 40.800 millones.

Estos créditos fiscales provienen de las provisiones realizadas por la banca en los años anteriores para sanear la exposición inmobiliaria y las aportaciones a planes de pensiones, que no son deducibles fiscalmente sino que generan un activo fiscal para el futuro que se resta de los impuestos que pagarán las entidades en los próximos años. Hasta ahora, sólo podían compensarse con los beneficios futuros de los próximos 18 años y si la entidad no tuviera beneficios suficientes en ese período, los recuperaba como valores de deuda pública en el año 19; con la reforma fiscal, desaparece ese plazo, por lo que los créditos fiscales se podrán recuperar sin ningún plazo límite establecido.  Por tanto, esto permite que no tengan que deducirse del capital, como exigen las normas de Basilea III, y que las entidades puedan ‘activar’ una parte y anotarla como beneficio.

Si se produjese una bajada del gravamen acarrearía un deterioro de los activos de aproximadamente 6.400 millones de euros además de que restaría competencia al sector respecto a nivel de la zona euro. No podemos olvidar además que el tipo efectivo en Sociedades de las grandes entidades financieras se sitúa en  un 8,4% sin olvidar los casi 128.000 millones de euros de bases imponibles negativas que pueden compensar, lo que una bajada al tipo del 25% igualmente le ocasionaría más perjuicios que beneficios.

De las principales entidades que saldrán beneficiadas con esta medida destacamos Bankia, pues, según el informe anual de 2013, cuenta con 5.249,148 millones de euros en activos por impuestos diferidos.

Como vemos, el sector bancario sigue siendo el “ojito derecho” de nuestro Gobierno. Aun así, siguen intentando convencernos de que esta excepción se trataba de “un castigo hacia la banca por el rescate”.

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