Acceso usuarios  |  Acceso campus  |  🔍
Máster y cursos online: Fiscal,
Laboral, Contabilidad y Mercantil

LABORAL

La jubilación anticipada tras la reforma

Las medidas adoptadas por la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, resultaban insuficientes para garantizar la viabilidad del sistema a largo plazo, al permitir un alejamiento entre la edad legal de jubilación y la edad a la que es posible acceder a una jubilación anticipada, y favorecer, en determinadas ocasiones, las decisiones de abandono temprano del mercado laboral.

De ahí que surgiera el Real Decreto-ley 5/2013, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, que entró en vigor el 17 de marzo, y que modifica, entre otros, el régimen jurídico de la modalidad de jubilación anticipada, artículo 5 de la Ley 27/2011.

En la exposición de motivos de la nueva norma se afirma que:

“El incremento de la edad de jubilación, la prolongación de la vida activa y el incremento de la participación en el mercado de trabajo de los trabajadores de más edad, suponen elementos básicos para la adecuación y sostenibilidad de las pensiones.

Para ello, es recomendable vincular la edad de jubilación a los aumentos de la esperanza de vida, racionalizar el acceso a los planes de jubilación anticipada y a otras vías de salida temprana del mercado laboral, y favorecer la prolongación de la vida laboral, facilitando el acceso al aprendizaje a lo largo de la vida, desarrollando oportunidades de empleo para los trabajadores de más edad y fomentando el envejecimiento activo”.

Promover el envejecimiento activo es igual a retrasar la edad de jubilación para aumentar el número de años de cotización y reducir el número de años durante los que se paga la pensión. Por lo que la jubilación anticipada “debería reservarse a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotización”, según la nueva norma.

El Real Decreto-ley establece dos modalidades de acceso a la jubilación anticipada: la que deriva del cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador, y la que deriva de la voluntad del interesado, para las que se exigen ciertos requisitos.

REQUISITOS para acceder a la jubilación anticipada POR CAUSA NO IMPUTABLE AL TRABAJADOR:

Es decir, la edad más temprana por esta modalidad serían los 61 años, con edad ordinaria de jubilación de 65 (edad legal de jubilación que será de 67 años en 2027).

En cuanto a la pensión, ésta será objeto de reducción mediante la aplicación de los siguientes coeficientes (en función del período de cotización acreditado), por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación.

En comparación con los coeficientes reductores de la normativa anterior, los actuales se endurecen significativamente, ampliando los tramos de dos a cuatro.

REQUISITOS para acceder a la jubilación anticipada VOLUNTARIA:

Es decir, la edad más temprana por esta modalidad serían los 63 años, con edad ordinaria de jubilación de 65.

En caso contrario no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.

En cuanto a la pensión, será objeto de reducción mediante la aplicación de los siguientes coeficientes en función del período de cotización acreditado, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:

Al igual que en el anterior tipo de jubilación anticipada, los coeficientes reductores también son más duros que los de la normativa anterior, ampliándose los tramos de edad de dos a cuatro.

PREVISIONES DEL GOBIERNO:

La previsión de ahorro por parte del Gobierno se cifra en torno a los 4.800 millones de euros para el sistema de pensiones, una vez transcurrido el periodo transitorio, si bien no se han especificado los datos que han sido considerados en dicha valoración.

FORO LABORAL
Recuerda utilizar nuestro Foro para consultas o preguntas relacionadas con éste artículo.

Curso Experto en Derecho Laboral, Nóminas y Seguridad Social

Online | 350 horas | 975 €

Ver ficha de curso