La deducción por familia numerosa y supuestos en que no es posible beneficiarse de ella

deducción por familia numerosa

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26/09/2022

La deducción por familia numerosa es un beneficio que consiste en la deducción de la cuota diferencial aplicable a la declaración de la renta, desde 2015.

En este artículo, explicaremos toda la información relativa a este beneficio fiscal. Además, te contaremos en qué casos concretos no ha sido posible llevar a cabo la deducción, ya que existen supuestos en los que los padres de familia numerosa que no conviven con los hijos, no tienen derecho a la deducción del IRPF por familia numerosa. ¡Empezamos!

¿Cómo se aplica esta deducción?

La deducción por familia numerosa se puede aplicar en caso de que la cuota diferencial sea positiva y negativa. Es decir: cuando la renta sale a pagar o cuando la renta sale a devolver, respectivamente. En el caso de que la cuota diferencial sea cero, también se podrá aplicar.

Se puede hacer efectiva presentando la declaración de la renta (IRPF) o solicitando el abono anticipado una vez se cumplan los requisitos. En cuanto a esta última opción, no se podrá disminuir el importe de la deducción de la cuota diferencial que haya resultado de la declaración de la renta, pero hay que declararlo.

En caso de que la cuota sea positiva, hay que restarle el importe de la deducción e ingresar o solicitar la devolución de la diferencia. Por el contrario, si la cuota diferencial es negativa o cero, hay que solicitar la devolución que resulte de la declaración.

¿Quiénes pueden beneficiarse de la deducción por familia numerosa?

Pero… ¿Qué se necesita para ser beneficiario/a de una deducción por familia numerosa?

En primer lugar, hay que acreditar que se forma parte de una familia numerosa con el título oficial de familia numerosa o cualquier otro medio que se admita en Derecho.

Para poder aplicar esta deducción, hay que ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre que forme una familia numerosa. Además, cumplir uno o más de los siguientes requisitos:

  • Realizar una actividad por cuenta ajena o propia estando de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Percibir prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección de desempleo.
  • Percibir pensiones abonadas por la seguridad social o Clases Pasivas.
  • Ser profesional no integrado en RETA y percibir prestaciones similares a las anteriores de las mutualidades de previsión alternativas.

Es importante mencionar que la deducción por familia numerosa es incompatible con la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial. ¡Esto es clave!

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

¿Te interesa saber a cuánto asciende la deducción por familia numerosa?

El importe máximo que se puede deducir es de 1.200 euros anuales, es decir, 100 euros mensuales. Teniendo en cuenta el incremento del 100% para las familias numerosas de categoría especial.

Hay que saber que, a partir de la renta de 2018, según indica la sede de la Agencia Tributaria, “por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, los importes anteriores se pueden incrementar hasta 600 € anuales.”

Puede darse el caso de que haya más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa. En este caso, su importe se prorratea entre todas a partes iguales. ¡A excepción del supuesto de ceder el derecho a una de ellas! Así, se percibe íntegramente en esta en la que se reciba el importe de la deducción.

Supuestos en los que no es posible aplicar la deducción por familia numerosa en el IRPF

¿En qué casos no se puede percibir la deducción por familia numerosa?

Además de los requisitos que vimos en apartados anteriores, la deducción por familia numerosa exige la convivencia con los hijos, ya que para tener la condición de “familia numerosa” se requiere la convivencia con los ascendientes.

Cuando se produce el divorcio de los progenitores, ostenta la condición de familia numerosa uno de los dos, es decir, de quien los hijos e hijas dependan económicamente. Si entre los progenitores no existe un acuerdo para ello, el progenitor que conviva con los descendientes será quien mantenga dicha condición de familia numerosa.

Supuesto concreto de divorcio y pérdida de condición de familia numerosa
Se trata de un supuesto resuelto en la Consulta Vinculante V0942-22, de 29 de abril de 2022.

En esta consulta; “La situación del consultante a fecha 31 de diciembre de 2021, es la de padre divorciado de tres hijos menores de 21 años, con obligación legal de contribuir económicamente a su mantenimiento mediante pago de pensión alimenticia (sin que se haya aportado sentencia judicial de divorcio).”

“El consultante cotiza a la Seguridad Social en una cuantía superior a 100 euros mensuales, como trabajador por cuenta ajena. El consultante no está en posesión del título de familia numerosa expedido por su Comunidad Autónoma correspondiente antes de 2021, pues su excónyuge ha modificado dicho título, excluyendo del mismo al consultante.”

La Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, determinó que el padre divorciado no podía aplicar esta deducción por familia numerosa en su declaración de la renta.

En este caso, el padre aunque pasase la pensión alimenticia a sus hijos, no tenía la guardia y custodia de los mismos, cuestión que le correspondía a la madre de los descendientes.

Al aplicar el criterio de convivencia, por no haber acuerdo entre los progenitores, era la madre de los mismos, a quien le correspondía mantener la condición de familia numerosa, según el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (LPFN).

Medio de acreditación de familia numerosa

Como se ha comentado, para poder deducir por familia numerosa en la declaración de la renta, es necesario que el contribuyente acredite que reúne los requisitos exigidos en la LPFN para acreditar el formar parte de una familia numerosa.

Esta premisa deriva de la obligación regulada en la LIRPF que obliga la acreditación de la concurrencia de los requisitos y condiciones de los artículos 2 y 3 de la LPFN.

El medio más completo para probar la condición de familia numerosa, es el título oficial de familia numerosa, que expide la Comunidad Autónoma.

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