La comisión de Justicia del Congreso aprueba el proyecto de Ley que reformará el funcionamiento del CGPJ

INEAF - Renovación del CGPJ

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18/05/2013

Gonzalo Moliner, Presidente del Consejo General del Poder Judicial - INEAFEl Partido Popular aprobó la semana pasada en solitario el proyecto de Ley de Reforma del Consejo del Poder Judicial, el órgano encargado de velar por la independencia de los jueces respecto a los demás poderes del Estado.

Pero, ¿en qué consiste la reforma?

El principal objetivo es agilizar la renovación, funcionamiento, y estructura del Consejo General del Poder Judicial para, entre otras cuestiones, reducir su coste económico.  Para ello se han tomado una serie de medidas:

  • Serán la Cortes quienes elijan, por mayoría de tres quintos a los vocales del CGPJ, el Congreso elegirá a cuatro juristas de prestigio con, al menos, quince años de ejercicio profesional y el Senado nombrará otros tantos.
  • Con la reforma se pretende que cualquier juez pueda presentar su candidatura a vocal de CGPJ, aportando el aval de 25 miembros de la carrera judicial en activo o el de alguna asociación judicial.
  • Para evitar la congelación de la renovación del CGPJ se prevé un sistema de renovación del Consejo que garantice que se cumplan sin retrasos los plazos previstos por la ley para su relevo.
  • Salvo seis, todos los vocales del Consejo permanecerán en servicio activo. Solo tendrán dedicación exclusiva los vocales que integren la Comisión Permanente (tres procedentes de la carrera judicial y tres juristas a los que, en la medida de lo posible, se renovará anualmente). Serán, por tanto, los únicos que perciban una retribución, que será equivalente a la de un magistrado del Alto Tribunal; los demás sólo percibirán dietas que nunca podrán superar la retribución de sus compañeros en exclusiva.
  • Por último, y para dotar de mayor agilidad y eficacia el funcionamiento del CGPJ se simplifica el sistema de mayoría para la toma de decisiones. Por regla general las decisiones se tomarán por mayoría simple, reservando la mayoría reforzada a las decisiones de especial relevancia previstas en la ley, como las destituciones de vocales y del presidente.

 ¿Es una reforma consensuada?

Esta reforma no cuenta con el apoyo de la oposición; se ha aprobado en solitario. Tampoco cuenta con el apoyo de las asociaciones de jueces.

Los portavoces de los partidos de la oposición se han explayado en calificativos muy duros contra el Ministro Gallardón y han acusado a esta reforma de “ocupación sin precedentes del poder judicial”, “ignorar al Parlamento”, “contrarreforma”, “involución”, “atentado a la Constitución”, “ilegal” o “partidista”.

El portavoz del Partido Socialista comentó sobre ella que “es una ley con una orientación autócrata y resulta una auténtica ocupación del poder judicial”.

Las principales asociaciones de jueces tampoco parecen estar a favor del rumbo de la reforma al considerar que supone “la muerte” de la independencia del Poder Judicial y la eliminación de la separación de poderes que contempló Maquiavelo y, más importante aún, contempla nuestra Constitución.

Joaquim Bosch portavoz de Jueces para la Democracia, ha subrayado que esta propuesta “rompe el equilibrio” en la división de poderes y pretende subordinar el poder judicial al poder ejecutivo, “al Gobierno, en definitiva”.

Por lo visto el Partido Popular se encuentra solo en esta reforma, al no contar con el apoyo ni de los partidos políticos, ni de los jueces, ni de las asociaciones judiciales. Otro frente abierto para un Gobierno cada día más en el punto de mira de la opinión pública.

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