¿Cómo reclamar el IRPF de las prestaciones por maternidad?

prestaciones por maternidad

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30/10/2018

Hace algunas semanas os informábamos de la decisión del Tribunal Supremo que declaraba exenta del Impuesto Sobre la Renta de las Persona Físicas las prestaciones por maternidad (véase “Exención de la prestación por maternidad: Tribunal Supremo). En la tribuna de hoy volvemos a comentar este tema dado que se ha filtrado el borrador que está elaborando la Agencia Tributaria para solicitar la devolución de las retenciones de IRPF en las prestaciones por maternidad.

Como ya os adelantamos, los contribuyentes que hubieran percibido las prestaciones por maternidad en los años 2014 a 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF en la que hubiesen incluido tales rentas. El borrador con código de trámite GZ283 que se ha filtrado podría sufrir cambios hasta que no se publique oficialmente en la página web de la AEAT.

En este borrador se recogen las instrucciones para la confección del formulario de  presentación de solicitud de rectificación de la declaración de IRPF por prestaciones por maternidad percibidas de la seguridad social. Las instrucciones se resumen:

  • Se cumplimentará con los datos identificativos del perceptor de la prestación de maternidad que solicita la rectificación.
  • Se harán constar los datos identificativos del representante (en caso de que el interesado actúe por medio de representante). Con la solicitud deberá aportarse la documentación acreditativa de representación.
  • Se deberá indicar los años en los que ha percibido la prestación. Por ejemplo, si ha percibido la prestación durante los meses de diciembre de 2015 y enero de 2016, se deberán marcar ambos años.
  • Deberá indicar el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el preceptor de la prestación. En el caso de cuenta abierta en el extranjero, el código SWIF.
  • El formulario constará de un apartado denominado; Motivo de la presentación de la solicitud. Este apartado podrá ser utilizado para hacer constar las manifestaciones y documentación que el interesado decida aportar o realizar de manera voluntaria. Excepto en el caso de documentación acreditativa de representación.
  • No será necesario adjuntar certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas, puesto que la AEAT en cada caso recabará toda la información precisa para la resolución del procedimiento directamente de la Seguridad Social.
  • Se indicará la fecha y el lugar y se firmará el documento por el presentador de la solicitud.
  • El formulario podrá presentarse a través de la sede electrónica de la AEAT o en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.

Solicitudes de rectificación desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia

En el caso de Solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia, encontramos dos supuestos:

  • Si el recurso se encuentra pendiente de resolución, será en órgano revisor correspondiente en que se pronuncie sobre la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo al caso.
  • Si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución.

Las prestaciones por maternidad percibidas durante el 2018

La AEAT en la próxima campaña de la renta ofrecerá los datos fiscales incorporando las prestaciones por maternidad como rentas exentas y las retenciones practicadas como íntegramente deducibles. Los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

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