Excedencia para el cuidado de hijos

Excedencia por cuidado de hijos

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26/11/2020

La excedencia es la posibilidad que tiene la persona trabajadora de dejar de prestar servicios a su empresa durante un periodo de tiempo determinado manteniendo vigente el contrato de trabajo, con posibilidad de reincorporarse a la empresa una vez que finaliza el plazo de duración o la causa que originó la excedencia.

La excedencia por cuidado de hijos está regulada en el artículo 45 y ss del Estatuto de los trabajadores. Es un periodo de tiempo durante el que la persona trabajadora suspende su empleo, reservándose el derecho a volver a su puesto de trabajo.

La persona trabajadora puede solicitar una excedencia en los siguientes supuestos:

En el artículo de hoy vamos a profundizar en el supuesto de excedencia para el cuidado de hijos.

Requisitos para solicitar una excedencia para el cuidado de hijos

Las personas trabajadoras tienen derecho a un periodo de excedencia para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

Esta excedencia constituye un derecho individual de hombres y mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generan este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario puede limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Solicitud de excedencia para el cuidado de hijos

El Estatuto de los Trabajadores no  prevé un procedimiento determinado. La persona trabajadora deberá notificar por escrito la solicitud de excedencia por cuidado de hijos indicando su duración, es decir, la fecha de inicio y de fin. Es conveniente hacerlo con un preaviso de 15 días.

La persona trabajadora no puede adoptar unilateralmente la decisión de la excedencia, la empresa debe aceptar dicha solicitud. En el supuesto en que la empresa deniegue este derecho se deberá interponer demanda.

El reconocimiento de la situación de excedencia por cuidado de hijos por parte del empresario debe ser expreso, y preferiblemente de forma escrita.

Los convenios colectivos pueden establecer formalidades y plazos de solicitud de excedencia o de reincorporación.

Efectos de la solicitud de excedencia para el cuidado de hijos para la persona trabajadora

Los efectos principales de solicitud de excedencia por cuidado de hijos para la persona trabajadora son:

  • No extingue la relación laboral.
  • El contrato de trabajo se entenderá suspendido, durante el primer año de excedencia el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
  • El trabajador no tendrá derecho al salario.
  • Suspensión de la obligación de cotización por parte del empresario.
  • Suspensión de la obligación de cotización del propio trabajador.
  • El tiempo que dure la excedencia computa a efectos de antigüedad de la persona trabajadora en la empresa.
  • El periodo de excedencia no computa como de ocupación cotizada para las prestaciones por desempleo. No obstante, cuando solicite una prestación por desempleo el inicio del período de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo que se tiene en cuenta para el cálculo de los días cotizados, retrocederá tanto tiempo como haya permanecido en excedencia.
  • Tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional.
  • El trabajador no tendrá derecho a la prestación por desempleo.

Duración de la excedencia

La duración máxima de la excedencia para atender el cuidado de hijos es de 3 años, a contar desde la fecha del nacimiento del hijo o, de la resolución judicial o administrativa, en su caso y puede ser disfrutada de forma fraccionada.

La necesidad de atender a un nuevo hijo dará derecho a un nuevo período de excedencia, el inicio de ésta pone fin a la que se viniese disfrutando.

Finalización de la excedencia y reincorporación

Durante el tiempo que dure la excedencia por cuidado de hijos la persona tendrá derecho:

  • Durante el primer año a la reserva de su puesto de trabajo.
  • Transcurrido el primer año, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 18 meses.

El Estatuto de los trabajadores no prevé que la persona trabajadora en excedencia por cuidado de hijos tenga que avisar a la empresa de su voluntad de incorporarse, pero es recomendable avisar por escrito con 15 días de antelación.

El trabajador tiene derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.

Comentarios

  • REYES (#)
    septiembre 17th, 2021

    BUENOS DÍAS. EN EL CASO DE LA EXEDENCIA POR CUIDADO DE MENOR ¿SE PODRÍA PEDIR TANTAS VECES COMO SE PUDIERAN NECESITAR (DENTRO DE LOS TRES AÑOS) O POR EL CONTRARIO HAY UN LÍMITE DE VECES PARA PEDIR LA EXEDENCIA O ENTRE UNA Y OTRA EXEDENCIA DEBE PASAR UN PERIODO DE TIEMPO DETERMINADO?

  • Irene Yebra Serrano (#)
    octubre 11th, 2021

    Buenas tardes,
    El inicio del cómputo del periodo de excedencia no se produce hasta que finaliza el de nacimiento y cuidado de menor y puede hacerse efectiva hasta que el hijo cumpla la edad de 3 años, no tiene que iniciarse necesariamente a partir del nacimiento del mismo. Puede solicitarse en cualquier momento, aunque si se inicia con posterioridad su duración será menor. Sólo se establece un límite máximo de duración, por lo que no existe una duración mínima, no hay por tanto inconveniente en que se solicite, por ejemplo, para dos meses.
    La duración de esta excedencia es como máximo de 3 años, pero no existe obligación de fijar desde su inicio el período por el que se quiere disfrutar, ni de solicitar prórrogas para que se mantenga la situación de excedencia y aunque el trabajador solicite la excedencia por 3 años tiene derecho a reincorporarse en cualquier momento anterior.
    Agotada la excedencia por cuidado de hijos el trabajador puede situarse en excedencia puramente voluntaria, sin que medie entre una y otra un tiempo de cuatro años.
    Un saludo.

  • Raquel (#)
    octubre 26th, 2021

    Buenos dias, como se comunica a la empresa que no vas a volver a tu puesto después de la excedencia? Hay que cubrir el plazo o se puede dejar antes de que acabe la misma? Muchas gracias

  • Claudio (#)
    junio 9th, 2023

    Si mi hija esta con depresion con 13 años y ha perdido este año de curso puedo pedir excedencia para cuidarla ya que va y viene al colegio dependiendo de su estado.esta tratada por psiquiatra y psicologo.Cuanto tiempo puedo pedir la excedencia en el supuesto de poder solicitarlo

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