Descuentos posteriores a la factura en el inmovilizado

descuentos posteriores a la factura

La contabilidad de los descuentos posteriores a la factura en el tema de las existencias está perfectamente regulada en la norma 10 de registro y valoración del PGC.

Sin embargo, siempre he tenido la duda de cómo contabilizar los descuentos posteriores a la factura en el inmovilizado. La valoración inicial del inmovilizado está clara, pero ¿qué pasa con la posterior en el caso de los descuentos.?

Cuando nuestra sociedad adquiere un elemento de inmovilizado a un proveedor debemos darle entrada en nuestra contabilidad. La valoración inicial del inmovilizado no sólo será por el precio que nos facture el proveedor sino que habrá que tener también en cuenta otros conceptos.

Son muchas las dudas y preguntas que nos hacemos a la hora de determinar el importe de la valoración inicial del inmovilizado. Algunas pueden ser estas:

  • ¿puedo incluir cualquier tipo de gasto como mayor valor del inmovilizado?
  • ¿hasta qué momento puedo incluir estos gastos?
  • ¿se incluyen también los intereses que nos cobre el proveedor por el pago aplazado?
  • ¿Cómo anoto los descuentos?

Normativa que regula la valoración inicial del inmovilizado

Para conocer con detalle cómo tenemos que  proceder en esta valoración debemos repasar  la Norma 2ª y Norma 3ª de Registro y valoración del PGC. Tambien nos va a ayudar la Resolución del ICAC referida al inmovilizado material y a las inversiones financieras.

Valoración inicial del inmovilizado detallada

El inmovilizado material se valorará inicialmente a precio de coste. Este será el precio de adquisición si se compra a un tercero o su coste de producción si lo hace la propia empresa. Como estamos viendo el caso de adquisición a un tercero, vamos a ver los componentes del precio de adquisición.

El precio de adquisición deberá incluir los siguientes conceptos:

Precio facturado por el proveedor

El precio facturado por el proveedor del inmovilizado al que se le restarán cualquier descuento o rebaja en el precio. La naturaleza del descuento es indiferente.

Gastos adicionales

Todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento como: ubicación en el lugar, explanación, derribo, transporte, aranceles, seguros, instalación, montaje..

Gastos financieros (intereses por el aplazamiento del pago)

Por regla general los gastos financieros devengados antes de la puesta en condiciones de funcionamiento  girados por el proveedor (o bien que correspondan a préstamos ajenos directamente atribuible a la adquisición) no se consideran en la valoración inicial. Solo se podrán incluir , siempre que el inmovilizado necesite un periodo superior a un año para estar en condiciones de funcionamiento.

Su tratamiento contable ya lo conocemos por  nuestro artículo “los gastos financieros en la adquisición del inmovilizado”.

Costes de pruebas

También formarán parte de la valoración inicial del inmovilizado los costes de pruebas necesarias para conseguir que el activo entre en funcionamiento y forme parte del proceso productivo. Este tipo de gasto nos lo encontramos en caso de hablar de costes de producción por elaborar nosotros el producto.

Su valoración recomienda un estudio detenido en el artículo Valoración del Inmovilizado: Gastos de pruebas y ensayos

Impuestos indirectos

Se incluyen los impuestos indirectos que gravan los elementos de inmovilizado cuando no sean directamente recuperables de Hacienda.

Impuesto no recuperable puede ser por ejemplo el Impuesto de Transmisiones patrimoniales en la adquisición de un inmueble de segunda mano. También lo puede ser el IVA o parte de él.

Pongamos por ejemplo la adquisición de un vehículo turismo donde Hacienda solo nos deja deducirnos la mitad del IVA de la operación. El 50% del importe del IVA irá en la cuenta (472) como deducible, y la otra mitad irá como mayor valor del inmovilizado en la (218) Elementos de transporte.

Los costes de desmantelamiento o retiro

Formará parte del valor inicial del inmovilizado el valor actual de las obligaciones que estima tendrá la empresa como consecuencia del desmantelamiento o retiro futuro del citado activo.

El tratamiento contable de estos costes lo hemos visto “desmantelamiento, retiro o rehabilitación de inmovilizado

Pagos contingentes

En ocasiones el precio de un inmovilizado comprende una parte contingente, es decir, una parte variable que dependerá de si se cumplen o no determinadas circunstancias.

Si los pagos contingentes se vinculan a situaciones que no existen en la fecha de la adquisición del inmovilizado,  como puede ser la cifra de ventas  o el resultado del ejercicio, se contabilizarán como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Sin embargo, los pagos contingentes  formarán parte de la valoración inicial del inmovilizado si no dependen de la cifra de ventas o del resultado del ejercicio

Descuentos posteriores a la factura

La norma de valoración y la Resolución del ICAC comentadas nos dicen que debemos restar en la valoración inicial del inmovilizado cualquier descuento o rebaja en el precio.

Si asimilamos esta norma de valoración a la norma 10 referida a las existencias, podemos entender que se refiere a los descuentos incluidos en la factura sean de la naturaleza que sean. Pero también es cierto que los descuentos posteriores a la factura tienen sus propias cuentas para contabilizarse en las existencias (hablamos de la 608, 606 y 609).

Nos preguntamos ¿qué pasa con los descuentos de inmovilizado posteriores a la factura? Estos no están referidos ni en las normas de valoración ni en la mencionada Resolución por lo que nos queda la duda de cómo se deben interpretar.

Dejamos la pregunta abierta a cualquier consideración que nos queráis hacer al respecto.

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