Autónomos: Subvenciones para trabajadores autónomos en Andalucía

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6/11/2018

El pasado 23 de octubre se publicó en el BOJA las bases de las convocatoria de 2018 para la concesión de subvenciones del programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de los trabajadores autónomos que cuenta con un crédito total de 902.000 euros. En la tribuna de hoy estudiaremos en qué consisten, los requisitos, la forma y plazo para solicitarlas.

Consolidación empresarial del trabajo autónomo.

Tiene el objetivo de favorecer la consolidación de las iniciativas económicas desarrolladas para trabajadores y trabajadoras autónomos, a través de medidas que contribuyan a la obtención de ventajas competitivas  y de continuidad. Estas medidas son:

  1. Cooperación empresarial, apoyan la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre tres o más trabajadores autónomos para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas. El importe máximo de la ayuda individual es 2.000€.
  2. Ayudas para la realización de contratos en prácticas profesionales con jóvenes con cualificación suficiente y relacionada con la actividad económica del negocio. Esta medida tiene por objeto, además de la consolidación del trabajo autónomo con la incorporación de factores de creatividad e innovación, la mejora de la empleabilidad de los jóvenes que realicen prácticas profesionales, que adquirirán experiencia profesional relacionada con su formación. El importe máximo de la ayuda individual es 3.000€.
  3. Ayudas a la competitividad, para apoyar la continuidad de los trabajadores autónomos ya constituidos, mediante la inversión en activos que desarrollen proyectos de innovación y permitan un aumento de la competitividad. El importe máximo de la ayuda individual es 1.000€.
  4. Ayudas de continuidad, dirigidas a fortalecer la consolidación del trabajo autónomo, apoyan a aquellos autónomos que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un cambio de actividad económica. El importe máximo de la ayuda individual es 1.000€.

Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo

  1. Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo, su objeto es favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo, promoviendo condiciones óptimas para dicha conciliación. Consiste en medidas de apoyo a la conciliación de autónomas que por motivos de riesgo durante el embarazo, maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho periodo de suspensión, adopción o acogimiento preadoptivo. Dirigido a autónomas que necesiten contratar a una persona que les permita disfrutar de los permisos correspondientes, mediante la sustitución de la trabajadora autónoma o una trabajadora por cuenta ajena. El importe máximo de la ayuda individual es 4.500€.

Requisitos

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Para la medida de cooperación empresarial entre personas trabajadoras autónomas, las residentes en Andalucía que constituyan empresas:

  • Que residan y tengan domicilio fiscal en Andalucía.
  • Que sean de nueva creación, con personalidad jurídica propia, se entiende como tal toda unidad económica empresarial que en el momento de su presentación no haga más de 12 meses que está constituida, o que se constituya en el plazo de seis meses desde la fecha de la convocatoria.

b) Para la medida de realización de contratos en prácticas profesionales, la persona trabajadora autónoma dada de alta en el RETA en momento de la presentación de la solicitud que cumpla los siguientes requisitos:

  • La contratación debe realizarse a tiempo completo.
  • El autónomo que contrate en prácticas debe mantener el alta en el RETA durante el período de la contratación. Debe residir y tener domicilio fiscal en Andalucía.
  • Los contratos en prácticas profesionales subvencionados con esta medida deberán haberse formalizado en el momento de la presentación de la solicitud, como máximo 12 meses antes de la convocatoria.

c) Para la medida de ayuda a la competitividad, la persona trabajadora autónoma:

  • Que se haya mantenido de alta en el RETA de forma ininterrumpida como máximo 36 meses a la fecha de la solicitud de la ayuda.
  • Que resida y tenga domicilio fiscal en Andalucía.
  • Que en los dos ejercicios anteriores, el Rendimiento Neto Reducido de los rendimientos de actividades económicas declarado en la declaración del IRPF sea inferior a 9.907,80€.
  • Que disponga de un plan de viabilidad de la actividad proyectada.

d) Para la medida de ayuda a la continuidad:

  • Que tenga una antigüedad de más de 36 meses de alta ininterrumpida en el RETA.
  • Que resida y tenga domicilio fiscal en Andalucía.
  • Que en los dos ejercicios anteriores, el Rendimiento Neto Reducido de los rendimientos de actividades económicas declarado en la declaración del IRPF sea inferior a 9.907,80€.
  • Que disponga de un plan de viabilidad de la actividad proyectada.

e) Serán beneficiarias de las subvenciones de medidas de apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar las personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Los contratos deberán realizarse con personas menores de 35 años y mayores de 45, ambas inclusive, en el momento de formalización del contrato.
  • Las personas contratadas deberán estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de empleo en el momento de la formalización del contrato.

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse hasta agotar el crédito.

Medio de presentación de solicitudes

Las solicitudes y la documentación se presentarán única y exclusivamente de forma telemática. Los modelos normalizados estarán disponibles en la oficina virtual.

Comentarios

  • Verónica López Fernández (#)
    noviembre 8th, 2018

    ¿Dónde se solicita? He entrado en el enlace que adjuntáis pero no me detalla cual es el procedimiento. Gracias!

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