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JURÍDICA

Expropiaciones ilegítimas

La expropiación es una institución de Derecho Público consistente en la transferencia coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado, mediante indemnización, concretamente, a un ente de la Administración Pública dotado de patrimonio propio. Puede expropiarse un bien para que éste sea explotado por el Estado o por un tercero.

A raíz de la reciente norma de expropiaciones en Andalucía, vamos a comentar cómo se indemniza a cualquier persona si la expropiación se considera ilegítima.

Cuando una Administración ocupa unos terrenos sin seguir el procedimiento expropiatorio, o sin seguir sus formalidades, está actuando sin amparo de la legalidad. Pese a que esta violación es muy gravosa, el Tribunal Supremo ha ido reconociendo, como indemnización a los particulares, una cantidad que venía a suponer el 25% de la cantidad en la que se valorase la parcela ocupada ilegalmente.

“La expropiación es una institución de Derecho Público consistente en la transferencia coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado

La sentencia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dictada el 22 de diciembre de 2009, sienta una doctrina parcialmente distinta a la fijada por el Tribunal Supremo. En aplicación de la doctrina sentada por el Tribunal Europeo, la indemnización a satisfacer por la administración a los propietarios consistirá en las siguientes partidas:

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