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Excedencia para el cuidado de hijos

Excedencia por cuidado de hijos

La excedencia es la posibilidad que tiene la persona trabajadora de dejar de prestar servicios a su empresa durante un periodo de tiempo determinado manteniendo vigente el contrato de trabajo, con posibilidad de reincorporarse a la empresa una vez que finaliza el plazo de duración o la causa que originó la excedencia.

La excedencia por cuidado de hijos está regulada en el artículo 45 y ss del Estatuto de los trabajadores. Es un periodo de tiempo durante el que la persona trabajadora suspende su empleo, reservándose el derecho a volver a su puesto de trabajo.

La persona trabajadora puede solicitar una excedencia en los siguientes supuestos:

En el artículo de hoy vamos a profundizar en el supuesto de excedencia para el cuidado de hijos.

Requisitos para solicitar una excedencia para el cuidado de hijos

Las personas trabajadoras tienen derecho a un periodo de excedencia para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

Esta excedencia constituye un derecho individual de hombres y mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generan este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario puede limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Solicitud de excedencia para el cuidado de hijos

El Estatuto de los Trabajadores no  prevé un procedimiento determinado. La persona trabajadora deberá notificar por escrito la solicitud de excedencia por cuidado de hijos indicando su duración, es decir, la fecha de inicio y de fin. Es conveniente hacerlo con un preaviso de 15 días.

La persona trabajadora no puede adoptar unilateralmente la decisión de la excedencia, la empresa debe aceptar dicha solicitud. En el supuesto en que la empresa deniegue este derecho se deberá interponer demanda.

El reconocimiento de la situación de excedencia por cuidado de hijos por parte del empresario debe ser expreso, y preferiblemente de forma escrita.

Los convenios colectivos pueden establecer formalidades y plazos de solicitud de excedencia o de reincorporación.

Efectos de la solicitud de excedencia para el cuidado de hijos para la persona trabajadora

Los efectos principales de solicitud de excedencia por cuidado de hijos para la persona trabajadora son:

Duración de la excedencia

La duración máxima de la excedencia para atender el cuidado de hijos es de 3 años, a contar desde la fecha del nacimiento del hijo o, de la resolución judicial o administrativa, en su caso y puede ser disfrutada de forma fraccionada.

La necesidad de atender a un nuevo hijo dará derecho a un nuevo período de excedencia, el inicio de ésta pone fin a la que se viniese disfrutando.

Finalización de la excedencia y reincorporación

Durante el tiempo que dure la excedencia por cuidado de hijos la persona tendrá derecho:

No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 18 meses.

El Estatuto de los trabajadores no prevé que la persona trabajadora en excedencia por cuidado de hijos tenga que avisar a la empresa de su voluntad de incorporarse, pero es recomendable avisar por escrito con 15 días de antelación.

El trabajador tiene derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.

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