Todos aquellos trabajadores autónomos acogidos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos , que estén interesados en modificar su base de cotización o cuota con la previsión de aumentarla con vistas a su jubilación o baja de incapacidad temporal, deberán hacerlo con anterioridad al 1 de mayo.
ARTÍCULOS MÁS LEÍDOS
Aprobada la reforma contable
Ángel Luís Martínez Sánchez 14/01/2021
Contrato eventual por circunstancias de la producción (402 y 502)
Irene Yebra Serrano 8/10/2019
Fin de contrato estando de baja por incapacidad temporal
Irene Yebra Serrano 14/12/2018