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FISCAL

El Gobierno modifica el Impuesto sobre Sociedades para potenciar el mercado alternativo de renta fija

El pasado viernes 2 de agosto, el Consejo de Ministros modificó el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, con el objetivo de potenciar el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).

¿Qué es el MARF?

El MARF es una de las vías para facilitar financiación a las empresas (alternativa a la bancaria)  a través de la creación de un mercado alternativo de renta fija privada para que las PYMES españolas puedan financiarse mediante la emisión de bonos, superando las dificultades que encuentran en el AIAF (Mercado de Renta Fija) por ser empresas que no tienen una gran dimensión.

Este mercado va dirigido a empresas solventes que necesitan acceder a liquidez a corto y medio plazo, atrayendo el capital de inversores institucionales nacionales y extranjeros.

Este Mercado Alternativo se configura así, como un sistema multilateral de negociación, creado de conformidad con lo previsto la Ley del Mercado de Valores, del 28 de julio de 1988, con la finalidad de facilitar la financiación de las empresas españolas a través de la renta fija.

Tratamiento de las retenciones

Mediante la modificación del Reglamento se equipara el tratamiento de los activos financieros negociados en el MARF con aquellos negociados en los mercados regulados, en materia de retenciones, y establece la exoneración de retención a las rentas obtenidas por los sujetos pasivos de Sociedades, como consecuencia de la adquisición de activos financieros en el referido mercado.

De esta manera, no existirá obligación de retener las rentas obtenidas por los sujetos pasivos de Sociedades procedentes de activos financieros, que se negocien en mercado secundario oficial o en un mercado secundario organizado, aunque no oficial, como es el MARF.

La exención de la obligación de retención favorece la inversión y facilita que las empresas españolas de mediano tamaño puedan financiarse a través de la emisión de obligaciones, con menores requisitos que en los mercados regulados, en un contexto de fuertes restricciones del crédito bancario.

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