El día sin IVA

Dia Sin IVA

Por
5/10/2014

Cada vez es más común encontrar campañas publicitarias de grandes superficies basadas en promociones sin IVA tipo: “El día sin IVA: ven a comprar el 4 de octubre y ahórrate el IVA”. Pero… ¿cuál es la realidad de estas campañas?

La verdad es que en ningún momento se deja de pagar IVA cuando se realiza una compra enmarcada en este tipo de campañas: las empresas promotoras simplemente realizan descuentos equivalentes (o semejantes) al tanto por ciento de IVA aplicable a cada tipo de bien sobre su precio final y lo ingresan posteriormente a Hacienda.

De hecho, estamos en una época en la que la Agencia Tributaria no deja de destinar esfuerzos y recursos a campañas de educación cívico-tributaria dedicadas a la concienciación general de la sociedad sobre la importancia de cumplir con la legalidad en materia de impuestos ya que “Hacienda somos todos”. Es más, Hacienda somos todos y sus campañas también están financiadas con dinero de nuestros bolsillos.Dia Sin IVA

Las promociones de “días sin IVA”, aunque puedan resultar bastante efectivas e incrementar las ventas de sus promotores durante esas jornadas, tratan el pago de impuestos de una forma poco seria y bastante laxa que incluso, puede contrarrestar los esfuerzos de concienciación de la Agencia Tributaria.

“Des-educación” de los contribuyentes

Este tipo de promociones pueden confundir a los contribuyentes ya que indican con bastante claridad que “podemos ahorrarnos el IVA”, induciendo a confusión. No son pocos los contribuyentes que creen realmente que no se paga el impuesto en las compras dentro de la promoción, lo que da una imagen de falta de seriedad frente al pago de impuestos.

Algunas empresas utilizan estas promociones como estrategia para captar clientes, que generalmente ofrece una muy buena respuesta, sobre todo si se trata de días sin IVA o tarjetas con descuento equivalente al impuesto, llegando incluso a saturarse de clientes en las fechas de la promoción: los clientes prefieren hacer largas colas y recibir una peor atención a ir al establecimiento otros días en los que no pueden aprovecharse de estas ofertas.

¿Qué ocurre con el IVA en estas promociones?

Como ya hemos comentado antes, la publicidad puede hacernos pensar que nos ahorramos el IVA en estas compras, pero no es así. Si nos fijamos en la letra pequeña, en las promociones se puede leer que se trata de un descuento sobre la base imponible. Por ejemplo, si queremos adquirir un producto cuyo precio final es de 50 euros y está sujeto a un IVA del 21%, en un principio podríamos pensar que le pertenece un descuento de 10,50 euros (21% de 50).

Pero la realidad no es esta; lo que pagaremos al final será resultado de dividir 50 entre 1,21, es decir, 41,32€, habiendo obtenido un descuento real de 8,68€, un descuento bastante inferior al que nos pueden hacer pensar.

Sea como fuere, está demostrado que estas promociones funcionan y, encima, funcionan bastante bien. Lo que no está tan claro son sus efectos colaterales sobre la sociedad y su concienciación tributaria.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS