Educación cívico-tributaria. Predicar con el ejemplo

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4/02/2013

chinchetas

En los accesos directos que se encuentran en el margen derecho de la página principal de la AEAT, podemos ver dicho enlace con el título de “Educación cívico-tributaria”. Si pulsamos, podemos ver la opción para profesores, o bien la opción para alumnos de distintos niveles formativos (desde 5º y 6º de primaria, hasta 3º y 4º de la ESO).

Dentro del contenido de este enlace, si entramos por ejemplo en la versión de profesores, podemos ver el siguiente temario con el que ilustrarse el profesorado para posteriormente explicar a sus alumnos:

–    ¿Para qué son los impuestos?
–    ¿Quién paga los impuestos?
–    ¿Qué impuestos hay?
–    ¿Qué son las aduanas?
–    ¿Quién recauda los impuestos y controla las aduanas?
–    ¿Desde cuándo hay impuestos?

Entrando en materia, ¿quién paga los impuestos? , se señala la generalidad del deber de contribuir recogido en el art. 31 de la Constitución Española; deber de contribuir en función de la capacidad económica con el objetivo de redistribuir la riqueza, por ello se aplican tarifas progresivas y se fijan mínimos personales y familiares.

También se define el concepto de fraude fiscal y sus principales consecuencias, recogiendo textualmente: “condiciona el nivel de calidad de los servicios públicos y prestaciones sociales, afecta a la presión fiscal que soportan los contribuyentes cumplidores y distorsiona la actividad de los distintos agentes (competencia desleal generada por los contribuyentes incumplidores)”

En el apartado 2.2.1 llamado “Cumplimiento fiscal”, dentro del epígrafe “La evasión y el fraude fiscal”, se dice textualmente: “El pago de los impuestos afecta principalmente a los intereses materiales, concretos y personales de cada individuo. Puede que en el plano de los juicios morales se esté plenamente de acuerdo con el cumplimiento del deber tributario porque se asuma que es un deber ciudadano. Pero cuando se pasa al plano de la conducta, al cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes, donde lo que entra en juego es el interés propio, es posible que tales convicciones se hayan debilitado considerablemente generando actitudes menos favorables al cumplimiento fiscal y más proclives a la evasión y al fraude.

Las normas fiscales forman parte del conjunto de normas sociales que debe cumplir un individuo adulto en una sociedad democrática. Un ciudadano que vive en este modelo social tendría que cumplir correctamente los requerimientos que el sistema fiscal le exige sin esperar a que se ejerciera sobre él la presión coactiva de la Administración. Las responsabilidades fiscales deberían formar parte del conjunto de valores que todo ciudadano tiene que asumir, respetar y defender”.

Desde INEAF apostamos por una formación honesta y coherente y, desde luego, esta iniciativa de incluir en la página de la AEAT este enlace de “educación cívico-tributaria” es digna de aplaudir, pero… ¿no será que la mejor “educación cívico-tributaria” es predicar con el ejemplo?

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