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CONTABLE

La dificultad del coste amortizado

En la primera parte del Plan General Contable (PGC) referida al Marco Conceptual de la contabilidad, nos encontramos diez criterios de valoración que en principio no deberían presentar demasiadas complicaciones en nuestra tarea contable. Decimos sólo en principio pues uno de ellos realmente, y si es nuestra intención cumplir a rajatabla la normativa contable, nos puede complicar las operaciones al tener que realizar cálculos financieros  que en ocasiones encierran cierta dificultad.

Nos estamos refiriendo al “coste amortizado” que  vamos a necesitar para valorar ciertos instrumentos financieros con mejor precisión pero que tiene cierta dificultad en su determinación.

La primera parte  del PGC “Marco Conceptual” apartado 6.7, nos va a definir dos conceptos que vamos a comentar:

Coste amortizado:

El coste amortizado de un activo  financiero es el importe al que inicialmente fue valorado, menos los reembolsos de principal que se hubieran producido, más la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en su vencimiento.

En otras palabras, cuando nosotros concedemos un crédito a un plazo concreto a un  interés implícito (el interés forma parte del valor de reembolso y por tanto es la diferencia entre el importe inicial y este), sabemos que cada cierre del ejercicio y en cumplimiento del principio del devengo, debemos imputar a cada años  la parte de intereses que corresponda. Si a esto lógicamente,  le restamos la parte de crédito que ya hemos cobrado, tendremos el coste amortizado.

Esto es:

Coste amortizado = Valor inicial del activo – reembolsos del principal + imputación de intereses implícitos

Vemos  por tanto que el concepto de coste amortizado es algo que no plantea dificultad ni novedad alguna.

Entonces ¿Dónde radica la dificultad? Precisamente en el cálculo del tipo de interés efectivo.

El tipo de interés efectivo:

“El tipo de interés efectivo  es el tipo de actualización que iguala el valor en libro de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento …. en su cálculo se incluirán las comisiones financieras que se carguen por adelantado en la concesión de financiación”.

Según esto, tan sólo hemos de igualar los flujos de caja positivos de la operación (en un crédito los cobros futuros) con los negativos (en un crédito el importe concedido), averiguando a través de la Tasa interna de rendimiento (TIR) el coste efectivo de la operación.

Por ejemplo, si concedemos un crédito a 4 años por valor de 50.000 euros y nos van a devolver cuatro cuotas de 15.000 euros cada una: 

50.000 = 15.000 (1+i)-1 +  15.000 (1+i)-2 = 15.000 (1+i)-3 = 15.000 (1+i)-4

Debemos despejar la i, y tendremos el tipo de interés efectivo. Utilizando una hoja de cálculo podría ser de la siguiente forma:

A
1– 50000
215000
315000
415000
515000
Tir (A1:A5)

La tarea se complica si a esto le añadimos diversos casos que en nuestra tarea diaria nos podemos encontrar como son:

Todo esto hace que nos planteemos en muchas ocasiones el utilizar este criterio o no, sobre todo si estamos hablando de una Pyme donde la aplicación o no del criterio es posible que no distorsione ni la imagen fiel de la empresa ni los resultados de la misma. A veces es preferible sopesar la utilidad de la norma con la carga de trabajo que supone para tomar una decisión.

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