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JURÍDICA

Diferencia entre mediación y arbitraje en consumo

En España existen mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos entre consumidores /as y empresas gratuitos, para evitar que consumidores /as tengan que ir a juicio ante cualquier controversia. Hablamos de Mediación y del Arbitraje de Consumo, ¿Conoces la diferencia entre mediación y arbitraje?

La principal diferencia entre mediación y arbitraje es que en la mediación se ayuda a las partes a llegar a un acuerdo, mientras que en el arbitraje la decisión la adopta el personal arbitral, que emite un laudo de obligado cumplimiento.

Diferencia entre mediación y arbitraje: Sistema de arbitraje

A través del arbitraje es posible resolver conflictos entre usuarios o compradores y prestadores de servicios o vendedores en materia de consumo. Se trata de una vía extrajudicial rápida, eficaz y económica para entenderse que tiene múltiples ventajas.

Características del arbitraje

Ventajas del arbitraje

El arbitraje ofrece rapidez (máximo 6 meses), es gratuito (excepto peritaje obligatorio) y sus resoluciones o laudos son de obligatorio cumplimiento.

Cuando no es posible el arbitraje

Hay que tener claro que no siempre se puede presentar una solicitud de arbitraje de consumo:

Como solicitar arbitraje

El primer paso en el caso de cualquier tipo de desacuerdo en materia de consumo es presentar una Hoja de Quejas y Reclamaciones.

En la hoja de quejas y reclamaciones hay casillas para establecer la posibilidad de un arbitraje, en el caso de no llegar a una solución. También es posible solicitar el arbitraje directamente.

El formulario en papel es necesario presentarlo en un registro público. Si después de solicitar arbitraje se resuelve el problema, es necesario comunicarlo y renunciar al mismo.

Las empresas también tienen la posibilidad de adherirse al sistema de arbitraje de forma telemática.

¿Qué ocurre una vez solicito el arbitraje?

La solicitud la gestiona la Junta Arbitral de Consumo correspondiente. La empresa reclamada puede realizar alegaciones o proponer un acuerdo.

Si no hay acuerdo, se designa un Colegio Arbitral y se fija la celebración de la audiencia, que puede llevarse a cabo verbalmente o por escrito. No es necesaria la asistencia de abogado ni procurador.

El plazo máximo entre la constitución del Colegio y la celebración de la audiencia es de cuatro meses.

Diferencia entre mediación y arbitraje: Mediación

La mediación es un método para solucionar conflictos de consumo. Se trata de una vía voluntaria para empresario y consumidor, de modo que la solución o el acuerdo al que se llega debe ser aceptado libremente por ambas partes. Es un proceso más rápido que el arbitraje y, a diferencia de este, no tiene valor ejecutivo, sino de acuerdo alcanzado entre las partes involucradas.

Puede desarrollarse de forma ajena a la administración pública (las llevan a cabo las organizaciones de consumidores y usuarios) o en el seno de la administración. En este último caso, las instituciones legitimadas para ejercerla son:

Procedimiento de mediación

Si tras haber presentado una Hoja de Quejas y Reclamaciones no se ha recibido respuesta en un plazo de diez días hábiles o no se está de acuerdo con la respuesta, hay que dirigirse a los servicios de consumo de la administración o a alguna asociación de consumidores para solicitar la mediación.

Pueden ocurrir dos cosas:

El resultado puede ser la avenencia de las partes o la desavenencia, en cuyo caso, el consumidor aún puede acudir a los tribunales ordinarios.

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