La ministra de trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno de España ha propuesto un nuevo modelo de despido; el despido reparativo.
La ministra de trabajo Yolanda Díaz se ha mostrado dispuesta a modificar las condiciones de despido en España, con el objetivo de que las personas trabajadoras perciban una indemnización que realmente repare el daño causado por la pérdida del puesto de trabajo.
De esta forma, el despido vuelve a estar en el centro de la polémica. A continuación, te contamos todo sobre qué es el despido restaurativo y cuáles son las principales ventajas para los empleados.
El nuevo modelo laboral: despido reparativo
La ministra de trabajo ha puesto encima de la mesa de negociación con los agentes sociales, es decir, patronal y sindicatos, el importe de la indemnización por despido improcedente.
La reforma del Estatuto de los trabajadores consistiría en aumentar el importe de la indemnización por despido improcedente, calculando el importe en función de la situación personal y profesional de la persona trabajadora, es decir, dependiendo de la edad, la formación o el sexo, a la empresa le costará una cifra u otra despedir.
Por ejemplo, existe un gran problema con el desempleo en los mayores de 45 años, por este motivo, el despido reparativo podría tener efectos a partir de esta edad. Por tanto, si una empresa decidiera despedir a una persona trabajadora sin causa justificada, se tendrá en consideración la edad de ésta para el cálculo de la indemnización y el importe podría ser superior a partir de los 45 años.
¿Qué es el despido improcedente?
El despido improcedente es aquel a través de la cual un empresario o empresa finaliza unilateralmente un contrato laboral, sin acreditar las causas del despido objetivo o sin cumplir los requisitos formales exigidos en la Ley o en los Convenios Colectivos. Sólo un juez puede determinar la procedencia o improcedencia del despido.
Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en un plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, puede optar entre:
- La readmisión del trabajador o;
- El abono de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicio, los periodos de tiempo inferiores al año se prorratearán por meses, hasta un máximo de 24 mensualidades.
La ministra considera que con esta compensación el despido sale “demasiado barato y hay que actuar”. En este sentido ha subrayado que varias sentencias en la justicia de nuestro país demuestran que España no cumple con el artículo 24 de la Carta Social Europea.
Artículo 24 de la Carta Social Europea
El artículo 24 de la Carta Social Europea establece que “Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho de los trabajadores a protección en caso de despido, las Partes se comprometen a reconocer:
- El derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin que existan razones válidas para ello relacionadas con sus aptitudes o su conducta, o basadas en las necesidades de funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del servicio.
- El derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.
A tal fin, las Partes se comprometen a garantizar que un trabajador que estime que se le ha despedido sin una razón válida tenga derecho a recurrir ante un organismo imparcial”.
¿Qué decía la Reforma laboral de 2012?
Antes de la reforma laboral de 2012 el importe de la indemnización por despido improcedente en España estaba fijado en 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
La indemnización actual de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades se ha mantenido igual que desde hace once años, es uno de los pocos puntos que a día de hoy sobreviven de la reforma laboral aprobada durante el gobierno de Mariano Rajoy.
En su momento Francia “copió” el modelo de despidos introducido con la reforma laboral de 2012 en nuestro país. Sin embargo, el país vecino tuvo que rectificar porque, según el Comité de Derechos Sociales y Económicos, incumplía con el artículo 24 de la Carta Social Europea. “Francia lo ha tenido que corregir y somos una anomalía en el conjunto mayoritario europeo”, ha recalcado la ministra de Trabajo.
Los sindicatos insisten en que el marco actual no respeta la legalidad europea sobre los despidos improcedentes. Las indemnizaciones deben cumplir dos funciones: proteger y reparar adecuadamente a las personas trabajadoras, además de ejercer una función disuasoria.
Consejo de Europa
En octubre de 2022, el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa admitió a trámite una demanda del sindicato UGT contra la normativa española de indemnización por despido improcedente. Para UGT, la regulación española no se ajusta a las exigencias de la Carta Social Europea, porque las indemnizaciones no son lo suficientemente resarcitorias ni disuasorias, sobre todo en los casos de trabajadores con poca antigüedad en las empresas.
El Gobierno y la patronal ya han presentado sus alegaciones a esta demanda para rechazarla. Ahora se espera la resolución del Consejo de Europa, porque puedes instar a un cambio legal para elevar las indemnizaciones.
¿Cuándo entrará en vigor el despido reparativo?
La modificación del Estatuto de los Trabajadores a través de la que se aprobaría el despido reparativo podría demorarse varios meses y dados los tiempos parece complicado que se apruebe en esta legislatura.
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