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FISCAL

Deducciones autonómicas IRPF 2015 (I de III)

Como continuación de los artículos anteriores con respecto de las deducciones estatales (Véase: “Deducciones en el IRPF: Cuota Líquida (I de II)” y “Deducciones en el IRPF: Cuota Líquida (II de II)”), continuamos ahora con las deducciones autonómicas, a lo que le dedicaremos varias tribunas al respecto.

Cabe destacar que aplicarán las deducciones de la comunidad autónoma aquellos contribuyentes que durante dicho ejercicio hubieran tenido la residencia habitual en tal comunidad.

En este artículo vamos a comentar las deducciones relativas a Andalucía, Aragón, Asturias y Cantabria. Debemos advertir que antes de aplicar la deducción, sería conveniente revisara la normativa y los requisitos para poder aplicarla.

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Andalucía

(Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre y Ley 18/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos para 2012)

 Aragón

(Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre y Ley 2/2016, de 28 de enero)

Asturias

(Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre)

Cantabria

(Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio)

Véase: “Deducciones autonómicas IRPF 2015 (II de III)”

Vease: “Deducciones autonómicas IRPF 2015 (III de III)”

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