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Declaración de la renta 2014: Tributación de los rendimientos en especie

Todo contribuyente tiene claro que es obligatorio declarar las rentas percibidas, sean a través del trabajo, de inversiones mobiliarias o de alquileres. Sin embargo, hay determinadas ayudas por parte de las empresas que también tributan en IRPF del trabajador pero, en ocasiones, están exentas.

Los rendimientos en especie exentos más destacables y frecuentes son los siguientes:

  1. Si el desplazamiento se produce en transporte público: están íntegramente exentos siempre que se justifiquen debidamente los gastos.
  2. Si el desplazamiento se produce en transporte privado: se consideran exentos hasta 0,19 euros por kilómetro recorrido (sin necesidad de factura justificativa). Los gastos de peaje y aparcamiento están completamente exentos con justificante.

Como pueden observar, con las recientes reformas se han eliminado exenciones importantes como los cheques restaurante o los vales de guardería, pasando éstos a tributar en la base imponible del trabajador como rendimientos en especie de forma íntegra.

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