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Créditos horarios de los liberados sindicales

Los liberados sindicales son trabajadores que representan a sus compañeros de empresa, y para ejercer sus actividades sindicales disponen de un número de horas sindicales, dependiendo del número de trabajadores de la empresa y de su jornada laboral. Al liberado sindical se le “libera” de realizar sus tareas laborales normales y pasa a hacer básicamente actividad sindical.

Todos los delegados sindicales tienen derecho a unas horas sindicales, dependiendo del número de trabajadores de la empresa:

La peculiaridad de estas horas es que se pueden transferir y que son acumulativas. Por ejemplo una empresa con 10 trabajadores decide dar las horas sindicales a una sola persona, que pasaría de estar liberada a realizar su tarea laboral habitual.

A esto hay que añadir que cada delegado sindical tiene que conservar una  serie de horas para poder ejercer sus funciones sindicales, es por eso que las empresas que pueden tener liberados sindicales son aquellas que tienen más de 250 trabajadores.

Para que un trabajador sea liberado, suponiendo una jornada laboral de 40 horas semanales y que el mes tenga 4 semanas, tiene que acumular unas 160 horas al mes, aproximadamente.

Según el tamaño de la empresa existe un límite máximo de liberados vs. delegados:

En España, se calcula que hay en torno a 4.200 liberados en el sector privado. En el sector público, el número asciende a más de 9.000 liberados.

Autor: Joaquín Munte.Attribution 2.0 Generic (CC BY 2.0)

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