Contabilidad de la permuta de un inmovilizado deteriorado

Permuta de un inmovilizado deteriorado

La contabilidad de la permuta de un inmovilizado deteriorado requiere responder a preguntas como:

  • ¿Dónde están reguladas las permutas en contabilidad?
  • ¿Es diferente la valoración contable y la fiscal de los elementos adquiridos en las permutas?
  • ¿Influye el deterioro del inmovilizado en su cuota de amortización?
  • ¿Influye el hecho de existir entrega de dinero en la permuta para que esta sea comercial o no comercial?

Tratamos de responder a todas estas preguntas en nuestro post proponiendo también dos casos prácticos sencillos que nos aclaren las ideas.

Regulación Contable y Fiscal de la permuta del inmovilizado

Aunque las permutas de existencias ya las hemos tratado en esta tribuna, hoy centramos nuestros dos casos prácticos en las permutas de inmovilizado.

Sabemos que en muchas ocasiones el criterio contable que sigue el PGC y el criterio fiscal, a la hora de determinar los gastos deducibles o los ingresos imputables al impuesto de sociedades, no es el mismo. Cuando esto ocurre vamos a tener que realizar un ajuste por diferencias temporarias o permanentes. Esto nos va a ocurrir en el caso de las permutas tal como ya vimos en nuestra tribuna “Permuta contable: ¿diferencia permanente o temporaria?

Permuta Comercial y Permuta no Comercial

De una manera resumida, podemos diferenciar si estamos ante una permuta comercial o no comercial de la siguiente manera

Se considerará permuta comercial si:

  • La configuración (riesgo ó probabilidades de obtención, calendario o plazos e importe) de los flujos de efectivo del inmovilizado recibido difiere de la configuración de los flujos de efectivo de activo entregado.
  • El valor actual de los flujos de efectivo después de impuestos de las actividades de la empresa afectadas por la permuta se ve modificado como consecuencia de la operación.

Es decir se suponen comerciales cuando cambiamos un bien  por otro, y éstos no tienen nada que ver entre sí.

¿Cómo se valora el bien recibido en la permuta comercial?

El inmovilizado material recibido se valorará por el menor de:

  • Valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio.
  • Valor razonable del inmovilizado recibido (cuando esté disponible) si éste fuera menor

Se considera permuta no comercial

Toda permuta de activos de la misma naturaleza y uso para la empresa. Los flujos de caja originados por el nuevo bien son prácticamente los mismos que los originados por el antiguo.

¿Cómo se valora el bien recibido en la permuta no comercial?

El inmovilizado material recibido se valorará por el menor de:

  • Valor razonable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio.
  • Valor razonable del inmovilizado recibido (cuando esté disponible) si éste fuera menor

Permuta parcial

La Resolución del ICAC antes mencionada nos habla también del caso concreto de la permuta parcial. Son permutas parciales aquellas en las que para recibir el inmovilizado nuevo se entrega, además del elemento de inmovilizado antiguo, dinero en efectivo.

Este tipo de permutas se consideran comerciales, salvo que el componente monetario de la operación fuese insignificante en comparación con el no monetario.

Caso 1. Permuta de un inmovilizado deteriorado entregando además un diferencial monetario

Supongamos que vamos a realizar una permuta de un inmovilizado viejo por otro nuevo con fecha 01.07.05. Para realizar la permuta partimos de los siguientes datos:

Elemento viejo que entregamos:

  • Precio de adquisición: 49.000 euros
  • Fecha de adquisición: 01.01.01
  • Vida útil: 10 años
  • Pérdida por deterioro dotada el 31.12.04 : 10.500 euros
  • Entrega de dinero en efectivo: 49.700 euros
  • Valor razonable: 20.300 euros

Elemento nuevo: valor razonable 70.000 euros

Amortización previa a la permuta

Como la permuta se va a realizar el 01.07.05, debemos amortizar lo que llevamos de año antes de hacer la baja del inmovilizado. La cuota de amortización hasta este momento era el precio del bien (49.000 euros) entre su vida útil (10 años), es decir, 4.900 euros. Sin embargo ahora no podemos amortizar por esa cuota ya que hemos tenido un deterioro

La amortización tras un deterioro será la siguiente:

Amortización acumulada hasta el 31.12.04= 4.900 x 4 = 19.600

Vida útil restante: 6 años

Deterioro dotado: 10.500

Nueva cuota: (49.000 – 19.600 – 10.500 )/6 años= 3.150 €

Al ser solo la amortización hasta el 1 de julio amortizamos solo medio año.

1.575

(681) Amortización del inmovilizado material

(3.150/2)

a

(281) Amortización Acumulada del Inmovilizado Material

1.575

Contabilidad de la permuta

21.175

(281) Amortización Acumulada del Inmovilizado Material

a

(21) Inmovilizado antiguo

49.000

10.500

(291) Deterioro de valor del inmovilizado material

(572) Banco c/c

49.700

70.000

(21) Inmovilizado “nuevo”

(791) Reversión del deterioro del inmovilizado material

2.975

Comentamos cada una de las cuentas:

 (281) Por la amortización acumulada hasta la fecha: 19.600 + 1.575

 (291) Por la baja de la pérdida del deterioro

 (21)  En el debe. Inmovilizado nuevo. Al tener la permuta componente monetario y este ser significativo estamos ante una permuta comercial. El inmovilizado nuevo se valora por el menor entre el valor razonable del bien recibido y el valor razonable del entregado

El valor razonable del bien recibido serán los 70.000. El del entregado será el importe monetario (49.700) más el valor razonable del bien antiguo 20.300. = 70.000 €

 (21). En el haber. Por la baja del inmovilizado antiguo (anotamos su precio de adquisición para dejarlo saldado)

 (572) Por el dinero entregado

 (791) El valor contable del elemento que nosotros entregamos es de 17.325 euros (49.000 – 21.175 – 10.500). Sin embargo, la valoración en la permuta es de 20.300, por lo que una parte de la pérdida se ha recuperado ( 20.300 – 17.325 = 2.975)

Caso 2. Permuta de un inmovilizado deteriorado sin entrega de diferencial monetario

Vamos a suponer el caso anterior pero con una diferencia. Ahora no se entrega dinero en efectivo en la permuta y el valor razonable del nuevo solo es 19.600 euros.

Al no haber entrega en efectivo, la permuta ya no tiene por qué ser comercial. En este caso, vamos a suponer que estamos ante una permuta comercial.

La valoración del bien que entra nuevo será el importe menor entre

  • Valor razonable del bien nuevo: 19.600
  • Valor contable del bien entregado sin tener en cuenta el deterioro: 49.000 – 21.175 = 27.825

Cogemos el menor que será 19.600 €

21.175

(281) Amortización Acumulada del Inmovilizado Material

(19.600 + 1.575)

a

(21) Inmovilizado antiguo

49.000

10.500

(291) Pérdida de valor del inmovilizado material

(791) Reversión del deterioro del inmovilizado material

2.275

19.600

(21) Inmovilizado “nuevo”

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