Contabilidad de anticipos en importaciones: Moneda extranjera

moneda extranjera

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Cuando una sociedad realiza una compra de materias primas o mercaderías (por ejemplo), a un país extranjero, y fuera del ámbito de la unión europea, debemos tratarlo contablemente como una importación. Normalmente las importaciones van a realizarse en moneda extranjera. Esta operación ya la hemos comentado en esta tribuna en fechas anteriores (Véase: “Contabilidad de las Importaciones”)

Recordamos que en la importación debemos tener especial cuidado con dos temas:

  • En primer lugar, el tratamiento del IVA difiere del que estamos acostumbrados en el resto de nuestras compras en territorio nacional ya que debemos abonarlo al agente de aduanas para que él se encargue de ingresarlo en Hacienda.
  • Por otro lado, debemos tener en cuenta que el pago se va a realizar en moneda extranjera y que debemos atenernos a la norma 11 de Registro y Valoración que establece que se hará aplicando al importe en moneda extranjera el tipo de cambio de contado en la fecha de la transacción.

Es precisamente en este punto donde hoy nos queremos detener planteándonos la siguiente duda.

¿Qué se entiende por fecha de transacción en caso de haber realizado previamente a la compra un anticipo en moneda extranjera a nuestro proveedor extranjero?

La norma 11 de valoración referida a la Moneda extrajera , en su punto 1.1 establece lo siguiente

“Toda transacción en moneda extranjera, se convertirá a moneda funcional (euro), aplicando al importe en moneda extranjera, el tipo de cambio de contado, en la fecha de la transacción, entendida como aquella en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento”

En el caso de existir anticipos está claro que la fecha de la transacción es el momento en que se realiza el pago y se valorarán al tipo de cambio existente. Cuando finalmente se reciban las existencias nos queda la duda de si debemos de valorar de nuevo el anticipo al tipo vigente en este momento o por el contrario, el anticipo se queda tal y como estaba (a un tipo de cambio) y el resto de las existencias al tipo vigente en el momento en que entran en mi almacén (otro tipo de cambio)

El ICAC en su consulta número 2 de BOICAC 108 nos dice que la valoración de los anticipos a cuenta en las compras en moneda extranjera se hará en el momento inicial y posterior al tipo de cambio de contado de la fecha de la entrega del efectivo en moneda extranjera. Dicho de otro modo, en el momento en que se hace el anticipo en moneda extranjera, el pago lo debemos valorar al tipo de cambio vigente en esa fecha y dicha valoración no se va a modificar posteriormente.

Cuando finalmente recibimos las mercaderías, estas se valorarán por el precio pendiente al tipo de cambio que existe ahora. Esto significa que nos vamos a encontrar las existencias valoradas al menos considerando dos tipos de cambio de contado (uno por cada anticipo y otro a la entrada de las mercancías)

Esto afecta también a la valoración final de las existencias en el almacén al cierre del ejercicio. Sabemos que cuando hacemos el ajuste de las existencias, debemos valorar las existencias finales a precio de coste, y este en nuestro caso estará valorado a tipos de cambio distintos.

Lo vemos con un ejemplo

Nuestra empresa se dedica a la fabricación y elaboración de sombreros de cuero para su venta en el territorio nacional. Las partidas de cuero las adquiere en Estados Unidos cada tres meses. Nuestro proveedor, siempre nos pide un pago anticipado del 10% de la factura que descontará una vez entregada la mercancia en el aeropuerto.

En este trimestre, nuestra compra ascenderá a 350.000 dólares americanos por lo que el día 01/04/2018 pagamos el anticipo al proveedor de 35.000 dólares, cuando el cambio es 1$ = 0,89 €

El día 15/04/2018 recibimos las materias primas y abonamos el resto del importe, cuando el dólar está a 1$ = 0.96 €

Contabilizamos la operación sin tener en cuenta mas datos que el tipo de cambio a fin de comprender lo establecido por el ICAC

01.04.2018   Por el anticipo de la importación

 DebeHaber
(407) Anticipos a proveedores35.000 $ x 0.89 = 31.15031.150
(572) Banco c/c31.150

15.04.2018 A la recepción de las mercancías

 DebeHaber
(600) Compra de mercaderías333.550
(407) Anticipos a proveedores31.150
(572) Banco302.400

Valoración:

Anticipo: 35.000 $ x 0.89 = 31.150
Total compras   350.000 $Resto: 315.000 $ x 0.96 = 302.400
Total compra = 333.550

Vemos por tanto que, aunque la compra es una sola, estará valorada a dos tipos de cambio diferentes, uno por la parte pagada en el anticipo y otro por el resto al recibir el material.

En cuanto al tratamiento del IVA sabemos que los anticipos a proveedores son hecho imponible de este impuesto y deben de soportarlo en la parte abonada. En este caso, entendemos que al tratarse de una operación de importación y pagarse el impuesto en la aduana, en el momento del anticipo no contabilizamos IVA y lo haremos cuando nos lo facture el Agente de aduanas en la recepción de las mercaderías.

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