El compliance o cumplimiento normativo ha ido adquiriendo cada vez más importancia en las organizaciones. Pero ¿Qué sucede con el compliance en el sector público? ¿Utilizan las administraciones públicas algún sistema de gestión de compliance? ¿Es obligatorio?
En la tribuna de hoy, vamos a resolver las preguntas frecuentes que surgen en torno al compliance en el sector público. ¡Empezamos!
Compliance en el sector público: ¿Es obligatorio?
Las administraciones públicas no tienen la obligación de implantar planes de compliance aunque sí están obligadas a cumplir con las distintas leyes que les son de aplicación, así como cumplir con los principios de transparencia e integridad.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas que introdujo la reforma del código penal de 2010 no es de aplicación al sector público, en concreto, el artículo 31 quinquies del Código Penal establece que “Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables al Estado, a las Administraciones públicas territoriales e institucionales, a los Organismos Reguladores, las Agencias y Entidades públicas Empresariales, a las organizaciones internacionales de derecho público, ni a aquellas otras que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas”. Por tanto, el sector público no está obligado a implantar programas de compliance necesarios para evitar esta responsabilidad penal y demostrar que se aplican las medidas de vigilancia y control necesarias para reducir los riesgos de cumplimiento a los que puedan estar expuestos.
Los organismos de las administraciones públicas están sujetos a la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que recoge una serie de obligaciones para las administraciones públicas similares a los controles propios de los sistemas de compliance.
Compliance en las sociedades mercantiles públicas
El artículo 31 quinquies del Código Penal recoge una excepción a la imputación de responsabilidad penal de las personas jurídicas al sector público y es el caso de las Sociedades mercantiles públicas que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general, a las que se les podrán imponer las siguientes penas previstas en las letras a) y g) del apartado 7 del artículo 33, es decir:
“a) Multa por cuotas o proporcional. (…)
g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años”
¿Cómo aplicar el compliance en el sector público?
Como hemos podido comprobar, el sector público no está obligado a implantar un programa de compliance. Sin embargo, es una realidad indiscutible que cualquier actividad de gestión pública o privada está sometida a riesgos. Estos riesgos son de distinta naturaleza y entidad en función al ámbito material de actuación.
El compliance en el sector público no debe limitarse a la prevención de delitos. El compliance en el sector público debe enfocarse a la optimización de la gestión pública, mejorar la calidad de los servicios, controlar la economía y las finanzas.
Como sucede al implantar un programa de compliance en el sector privado, cualquier programa de compliance que quiera implantarse en el sector público debe tener en cuenta las características propias de la entidad, administración u organismo, así como las características propias de ese sector.
El marco normativo que regula estas entidades, administraciones u organismos contienen obligaciones específicas que se deben tener en cuenta a la hora de elaborar el programa de compliance para diseñar e implantar medidas, controles, procesos y procedimientos adecuados.
La implantación de un programa de compliance en el sector público contribuiría a lograr una mejor gestión, mejorar la cultura del cumplimiento y a tener mayor control interno sobre sus procedimientos y procesos, determinar los riesgos a los que están expuestos y a diseñar medidas adecuadas y efectivas que logren prevenir determinados incumplimientos.
Los casos de corrupción y la pérdida de confianza de la opinión pública, son un ejemplo de la necesidad del sector público de considerar los programas de compliance como una herramienta efectiva para luchar contra las infracciones y los delitos cometidos por los funcionarios o trabajadores vinculados a la administración pública y las empresas con las que contratan.
Elementos del compliance que pueden aplicarse en el sector público
En ausencia de un programa de compliance, hay una serie de elementos clave de los programas de compliance que pueden aplicarse en el sector público para completar los mecanismos de control interno:
- Elaborar un mapa de riesgos: que identifique los riesgos de cumplimiento a los que está expuesta la entidad, en función del sector de actividad.
- Medidas de vigilancia y controles internos: los organismos y entidades públicas pueden diseñar medidas de vigilancia y control adecuadas.
- Implantar un canal de denuncias interno: garantizando el anonimato y la protección de los denunciantes.
- Auditorías independientes: deben solicitar auditorías externas e independientes para garantizar su transparencia e integridad.
- Cultura del cumplimiento: Deben fomentar la cultura del cumplimiento a través de acciones de formación y concienciación con el código ético.
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