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Compatibilidad de la prestación por desempleo con el trabajo

En determinados supuestos, cobrar la prestación por desempleo es compatible con el trabajo por cuenta ajena, con el trabajo propia (autónomo) y con otras prestaciones. En la tribuna dehoy vamos a estudiar estos supuestos.

Prestación por desempleo y trabajo por cuenta ajena

La prestación por desempleo contributiva es compatible con:

Prestación por desempleo y trabajo autónomo

La prestación por desempleo contributiva es compatible con el trabajo autónomo cuando:

Se podrá compatibilizar la prestación por desempleo con el trabajo autónomo como máximo 270 días o si le queda menos tiempo de prestación por percibir, por dicho periodo. La solicitud de compatibilidad se debe realizar el en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de inicio de la actividad por cuentas propia.

Prestación por desempleo y otras prestaciones

La prestación por desempleo contributiva es compatible con:

En todos los supuestos anteriores el trabajador podrá compatibilizar el subsidio por desempleo si sigue careciendo de rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional y siga justificando las responsabilidades familiares que se le tuvieron en cuenta para acceder al subsidio, en su caso.

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